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Apelan al fallo que ordena entregar contratos de la TV Pública al staff de Lanata
El Estado apeló el fallo judicial que ordena entregar información que contiene datos personales a una periodista del Grupo Clarín, quien había pedido acceder a contratos celebrados entre la productora “Pensado Para Televisión” y la TV Pública. Los documentos fueron negados por contener “datos personales” y, tras el polémico fallo a favor de Clarín, el Estado apeló a la medida; ahora, deberá resolver la Cámara.
(CABA) La jueza María José Sarmiento, a cargo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal No. 11, hizo lugar a la acción de amparo iniciada por la periodista Mariel Fitz Patrick con el patrocinio de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC). Con esta acción buscaba acceder a los contratos celebrados por el Estado con la productora “Pensado Para Televisión”, que le habían sido negados en enero de este año.
En efecto, en diciembre de 2012, Fitz Patrick solicitó a la Jefatura de Gabinete de Ministros copia de los contratos celebrados entre Radio y Televisión Argentina S.E. y la productora “Pensado Para Televisión” correspondientes a los años 2010, 2011 y 2012. El 17 de enero de 2013, la Jefatura de Gabinete le informó que para poder acceder a esa información debía demostrar un interés legítimo.
La jueza Sarmiento adhirió a los argumentos ofrecidos por el fiscal Fabián Canda, quien consideró que al tratarse de un pedido de acceso a la información es de aplicación el reglamento contenido en el decreto 1172/03. Ese decreto expresamente establece que no es necesario “acreditar derecho subjetivo o interés legítimo”. Asimismo, el dictamen refiere a los estándares interamericanos en materia de derechos humanos que también se aplican al caso tal como lo estableció la Corte Suprema de Justicia en el caso ADC c. PAMI en diciembre de 2012 . Finalmente, Canda sostuvo que la información solicitada no cae dentro de ninguna de las excepciones del decreto 1172/03 y -por ello- debe ser entregada a la solicitante.
La negativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros se sostuvo en un dictamen de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (DNPDP) de acuerdo a la cual para acceder a la información pública que posee el Estado que contiene “datos personales” es necesario acreditar un interés legítimo.
En este caso, se trata del “interés” desestabilizador de un Grupo mediático que hace negocios a expensas del Estado desde hace décadas, y que tiene por interés deslegitimar programas como 678, TVR y Duro de Domar, que ponen en evidencia los verdaderos y oscuros intereses de Clarín.
Por tal motivo, el gobierno nacional apeló recientemente la decisión a favor de Fitz Patrick, por lo que el fallo no está firme. Dicho recurso deberá ser resuelto por la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal.
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