Buenos Aires, 14/12/2024, edición Nº 4413
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Barrios

Palermo: impiden la demolición de un edificio anexo a la capilla de Guadalupe

La justicia porteña resolvió a favor de dos vecinos y anuló una resolución que permitía demoler una vivienda que es parte de la capilla.

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Por Laura Rocha

(CABA) La justicia porteña anuló una resolución gubernamental que permitía demoler un edificio anexo a la capilla de Guadalupe, en Palermo. Se trata de un fallo, en segunda instancia, de la Sala I de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo que resolvió la disputa en favor de dos vecinos.

Los vecinos, junto con la Defensoría General, reclaman que “la propiedad, ubicada en Mansilla 3545, fue sacada del Catálogo de Inmuebles Patrimoniales sin intervención de la Legislatura, violando el Código de Planeamiento Urbano”.

“Los vecinos alarmados por el cerco de obra en el edificio anexo a la antigua capilla comenzamos a reunirnos para pedir que no se demuela la casa y evaluar cómo continuar”, indicaron mediante un comunicado en la ONG Observatorio de Patrimonio y Políticas Públicas. Según ellos, mientras se acordaba el uso que se le daría al nuevo inmueble, el gobierno cambió la catalogación de éste para poder avanzar con la obra.

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El proyecto, presentado por la Congregación del Verbo Divina Provincia Argentina Sur, implicaba también demoler la fachada que, los vecinos entienden, tiene valor patrimonial.

En ese momento, decidieron interponer un recurso ante la Justicia que les dio la razón en primera y en segunda instancia.

Consultado el gobierno, se indicó que evalúan los pasos por seguir. Una posibilidad es un recurso extraordinario ante el Tribunal Superior de Justicia y la otra es la de dejar firme el fallo y dictar una nueva resolución con los detalles que exige el último fallo.

Según los jueces, la resolución es nula. “La resolución exhibe vicios que determinan su nulidad. Ello no implica interferir, claro está, en la evaluación del proyecto presentado por la Congregación del Verbo Divino Provincia Argentina Sur ni en la valoración del bien del objeto que fue incorporado preventivamente al catálogo de inmuebles patrimoniales de la ciudad; sino que será la administración quien deberá resolver el recurso de reposición planteado por la vecina o dictar un nuevo acto administrativo“, detalla la Sala I.

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El gobierno entiende en este párrafo que si se dicta una nueva resolución podrá continuar la obra.

Según el desarrollador Norberto Güelfi, “la vivienda en cuestión fue construida por un particular, 50 años después que el colegio. No tiene ninguna característica arquitectónica o semejanza con el colegio y no forma ni formó ningún complejo arquitectónico. Fue adquirida por la Congregación en 1957 y hasta su demolición funcionó como salón de fiestas infantiles”, detalló en una carta de lectores publicada en LA NACION.

El proyecto es en realidad un edificio de PB y 9 pisos que sigue el perfil del edificio lindante y se diseñó para el traslado del jardín de infantes desde el colegio, el alojamiento de los religiosos de la orden y las oficinas de la editorial y de la congregación. Éste se completa con el diseño de un espacio abierto semipúblico [atrio de la capilla y acceso al jardín de infantes, hoy utilizado como cocheras]”, agregó.

Sin embargo, los vecinos desconfían de esta aseveración, ya que recuerdan que habían sido convocados para discutir sobre las obras, los responsables habían ofrecido, a cambio de continuar con las obras, la construcción de un museo pastoral. “Mientras analizábamos y buscábamos posibles irregularidades, contraofertamos que el museo fuera barrial y que la comuna participara en su diseño y curaduría. La propuesta había sido aprobada, pero encontramos que el edificio había sido descatalogado de manera ilegal por lo que interrumpimos las negociaciones. Impulsamos que se cumpla la ley, no se demuela la fachada y no se autoricen alturas mayores a las que tiene el edificio”, indicaron los vecinos.

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capilla Guadalupe

Fuente: La Nación

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