Buenos Aires, 21/11/2024, edición Nº 4390
Connect with us

Información General

Incentivan el alquiler de viviendas

Los diputados de la Ciudad aprobaron normas que promueven las locaciones de uso familiar. Sancionaron nuevo régimen sobre geriátricos.

Published

on

Las viviendas que se ofrezcan en alquiler en la Ciudad de Buenos Aires, para uso residencial de las personas, quedarán exentas del pago de la tasa de ABL y del impuesto Inmobiliario durante tres años o la duración del contrato de arriendo (lo primero que ocurra), según dispuso una ley sancionada este jueves en la Legislatura.

La promoción se refiere a los inmuebles que tengan un valor fiscal de hasta 10 millones de pesos y a cánones mensuales de locación inferiores a 220 mil pesos mensuales. Quedan excluidos de estos incentivos las casas o departamentos amueblados que se alquilen a turistas.

La ley surgió de un proyecto de la legisladora Paola Michielotto (VJ) y otros diputados de su bloque y de la UCR. El beneficio es para los contratos de alquiler que se suscriban hasta el 31 de diciembre de 2023 y la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos determinará los requisitos de inscripción.

Mediante otra ley, también se estableció la eximición del pago de impuestos a los Ingresos Brutos al propietario que alquile viviendas, hasta un máximo de tres unidades habitacionales y por un monto no superior a los 220 mil pesos mensuales cada una.

Advertisement

Por otra parte, se aprobó la eximición del pago del 80% del derecho para Desarrollo Urbano y Hábitat Sustentable que apliquen sobre las obras o proyectos inmobiliarios destinados a vivienda individual o colectiva en las comunas 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10. Se pagará solo el 20% de los metros cuadrados declarados, después de haberse obtenido el permiso de obra.

Sistema de Co-vivienda

Se sancionó el denominado Régimen de Co-vivienda destinado a personas que están en situación de vulnerabilidad y afectadas por el déficit habitacional. Se trató de una iniciativa de la legisladora Cecilia Ferrero (VJ) y otros del mismo bloque, analizada en las comisiones de Presupuesto y de Vivienda.

El sistema consiste en que organizaciones sociales como cooperativas, mutuales, fundaciones, fideicomisos y otras asociaciones sin fines de lucro puedan presentar proyectos de Co-vivienda ante el Instituto de la Vivienda, que será la autoridad de aplicación, en representación de sus socios o adherentes que deben ser personas de bajos recursos que no posean inmuebles propios.

Las entidades civiles que se presenten a concurso podrán celebrar con el IV actos jurídicos para hacerse cargo de edificaciones, refacciones de edificios, su administración y funcionamiento. Se tratará de terrenos en desuso, obras en curso o interrumpidas o edificios ya concluidos.

Advertisement

Se podrán utilizar para este régimen los inmuebles de dominio privado de CABA y el IV y los de dominio privados de otros propietarios estatales, no estatales y personas jurídicas sin fines de lucro.

La co-vivienda podrá aplicarse a edificios, unidades habitacionales o partes comunes. Los usuarios o moradores tendrán el derecho de propiedad horizontal o de uso y posesión conjunta de unidades o partes comunes. Como compensación, contribuirán con trabajo, dinero o ambas cosas a la organización civil de la que forman parte.

Normativa para residencias de personas mayores

Las disposiciones legales sobre el funcionamiento de institutos destinados al alojamiento de personas mayores fueron actualizadas y adecuadas a las recomendaciones de buenas prácticas de organismos como la Organización Mundial de la Salud. Este jueves se sancionó la ley respectiva en la Legislatura porteña, por iniciativa de la diputada Ana María Bou Pérez (VJ), tratada en la comisión de Salud.

Advertisement

Se catalogan: residencias para mayores autoválidos; hogar de día para mayores autoválidos; residencias para mayores con dependencias; residencia para mayores con psiquiatría; hogar de día para mayores con psiquiatría; residencia para mayores con padecimientos crónicos y casas de residencia.

Estos institutos deberán tener un director técnico, administrativo e institucional, al cual se le exige capacitación anual. Deberán tener, además, médico geriatra, psiquiatra, psicólogo, licenciados en terapias ocupacionales, recreativas, kinesiología, nutricionista, enfermero profesional, asistente de enfermería, asistente gerontológico y mucamo.

El nuevo régimen legal determina pautas sobre exámenes y controles de los mayores internados o residentes, evaluaciones multidimensionales, legajos, historias clínicas y las formas de inspección y control por parte del Estado de la Ciudad de Buenos Aires. La ley determina que los geriátricos y hogares de día deberán tener capacidad para al menos 6 personas, mientras que las Casas de Residencia, un máximo de 5 mayores convivientes.

Nueva eximición de un gravamen

Por otra parte, a iniciativa de la Jefatura de Gobierno, se aprobó “dejar sin efecto el Impuesto de Sellos (…) respecto de las liquidaciones o resúmenes periódicos que las entidades emisoras de tarjetas de crédito o compra hubieran generado desde el día 22 de diciembre de 2022 hasta el día 9 de marzo de 2023”. (Desde esa fecha en adelante, dicho impuesto ya quedó exento por una ley anterior).

Advertisement

Simplificación de trámites

Por iniciativa de la Jefatura de Gobierno y con el previo tratamiento en comisiones legislativas, los diputados porteños sancionaron nuevas disposiciones destinadas a simplificar trámites y reducir la carga o el pago de varias gestiones administrativas.

Por ejemplo, se fijo “sin cargo” la habilitación de locales comerciales, los exámenes y carnés de los cursos sobre manipulación de alimentos, 13 trámites referidos a taxis, remises y transportes escolares y otra variada cantidad de disposiciones inherentes al registro civil, los cementerios de la Ciudad, la protección ambiental, obras y gestión urbana.

Nomenclatura de espacios públicos

Luego de haber pasado por Audiencia Pública, quedó definida la denominación de una nueva calle y las nuevas nominaciones de tres estaciones de subterráneos.

Se impuso la denominación Graciela González Gass (en homenaje a la ex legisladora local y diputada nacional del radicalismo) a la continuación de la calle Moreno, entre Alicia Moreau de Justo y Av Ing. Huergo.

Advertisement

La estación Echeverría de la línea B de subtes pasará a llamarse Echeverría – Mártires Palotinos, en recordación de los tres sacerdotes y dos seminaristas asesinados en la última dictadura militar.

La estación Hospitales de la línea H pasará a llamarse Ringo Bonavena – Hospitales, para conmemorar al popular boxeador que vivía en el barrio Parque de los Patricios.

La estación Independencia de la línea E se nominará Independencia – beata Mama Antula para honrar a la religiosa que fundó a fines del siglo XVIII la casa de ejercicios espirituales que aún existe cerca de esa parada de subtes.

Advertisement

Más leídas

Propietario y Editor Responsable: Juan Braña
Director Periodístico: Roberto D´Anna
Domicilio Legal: Pedernera 772
CP: 1407
Ciudad de Buenos Aires
Teléfono de contacto: 153 600 6906
Registro DNDA Nº: RE-2020-52309475-APN-DNDA#MJ


contador de visitas gratis