Buenos Aires, 16/12/2024, edición Nº 4415
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Política

Carta pública de Ocaña a Gils Carbó: “cualquier persona de bien en su lugar ya se hubiera apartado”

La diputada y candidata por Cambiemos en la provincia de Buenos Aires le pidió a la funcionaria que dé un paso al costado como jefa de los fiscales.

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(PBA) La diputada y candidata por Cambiemos en la provincia de Buenos Aires, Graciela Ocaña, difundió una dura carta pública a la titular de la Procuración General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, en la que le solicita que dé un paso al costado, mientras se resuelve su situación judicial, tras la convocatoria a declaración indagatoria en una causa por corrupción en la compra de un edificio para el Ministerio Público.

En la carta le solicita que pida “licencia en el ejercicio de su cargo como Procuradora General de la Nación, hasta tanto se resuelva la investigación y acusación que en su contra lleva adelante el Juzgado Criminal y Correccional Federal número 10, a cargo del Dr. Julian Ercolini”.

Entre los fundamentos de la misiva, Ocaña recordó que, al impulsar la separación del fiscal José María Campagnoli, la propia Gils Carbó pidió su apartamiento porque consideró que estar procesado “provoca una conmoción en el espíritu del magistrado cuestionado que le impedirá desempeñarse de modo apropiado”.

La carta completa:

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“Buenos Aires, julio de 2017
A la Procuradora General de la Nación, Dra. Alejandra Gils Carbó
De mi consideración,
María Graciela Ocaña, en mi carácter de diputada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y dada mi condición de representante elegida por la ciudadanía, me dirijo a Ud. a fin de requerirle solicite licencia en el ejercicio de su cargo como Procuradora General de la Nación, hasta tanto se resuelva la investigación y acusación que en su contra lleva adelante el Juzgado Criminal y Correccional Federal número 10, a cargo del Dr. Julian Ercolini.

Resulta sorprendente, y triste a la vez, verme en la obligación de presentar este pedido de licencia cuando es de esperar que cualquier persona de bien en su lugar ya hubiera tomado la decisión de apartarse. En su caso resulta aún más patético ya que por su cargo e investidura debería, en virtud de un imperativo moral -nótese que uso el potencial ya que considero que Ud. carece de atributos éticos-, haber solicitado su licencia a partir de las gravísimas acusaciones penales que recaen sobre su persona.

Un Fiscal ha solicitado a un Juez Federal se la cite a prestar declaración indagatoria, es decir que, en virtud del artículo 294 del Código Penal de la Nación, el Ministerio Público considera que hay motivo suficiente para sospechar que usted ha participado en la comisión de un delito. Es lisa y llanamente indignante que un funcionario público, nada más ni nada menos que la jefa de los fiscales, se mantenga atornillado a un cargo público cuando en la justicia se piensa que existen pruebas de peso en su contra.

En su caso particular queda expuesta además una duplicidad de criterios que demuestran su falta de condiciones éticas y morales y, por si fuera poco, su clara parcialidad y militancia política a favor del proyecto político del kirchnerismo. Me refiero concretamente al caso del Fiscal José María Campagnoli, a quien usted suspendió de sus funciones en defensa de los intereses del señor Lázaro Báez.

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El Dr. Campagnoli fue suspendido, a su pedido, en el marco de un proceso que se inició por requerimiento de la defensa del empresario kirchnerista Lázaro Báez, que había denunciado irregularidades en la investigación en su contra. Por este motivo, es de esperarse que usted adopte una conducta coherente con la postura que ha tenido en aquella oportunidad ¿o será que actúa con estrictos criterios solo en caso que se vea afectado alguien vinculado al kirchnerismo?

Para todos los argentinos que creemos en la independencia de la justicia como atributo primordial de nuestra democracia, resulta aberrante y escandaloso que Ud., como militante de una facción política y considerando el proceso que enfrenta, en el cual se la acusa de haber incurrido en abuso de autoridad, tráfico de influencias y pago de coimas, esté al frente de una institución tan importante como es la Procuración y no reflexione acerca de las consecuencias que ello podría traer aparejado.

En este sentido, Ud. debería considerar que su permanencia en el cargo mientras se desarrolla la investigación podría resultar intimidatoria para aquellos que deben investigarla, dado que se encuentran bajo su dependencia. Basta considerar que, encontrándose en la esfera de la misma institución, no le sería difícil realizar maniobras tendientes a obstruir la investigación, como podría ser la destrucción de prueba documental.

Esta no es una cuestión abstracta, me remito a sus propias manifestaciones frente a situaciones similares. En el caso del Dr. Campagnoli, al pedir su suspensión de diciembre del año 2013, Ud. consideró que la posibilidad de que el ex Fiscal continuara en el cargo mientras se desarrollaba la investigación ponía en riesgo la normal prestación del servicio de justicia, ya que los hechos que se le imputaban tenían la entidad suficiente como para generar un descrédito en la autoridad del magistrado, provocando un menoscabo en la investidura del fiscal.

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Citando sus palabras “Atravesar un proceso de este tipo provoca una conmoción en el espíritu del magistrado cuestionado que le impedirá desempeñarse de modo apropiado”.

Su duplicidad moral queda expuesta en virtud de sus propios argumentos.

Por ese motivo, me veo en la obligación de preguntarle, en virtud del estándar que usted misma fijó: ¿Dra. Alejandra Gils Carbó: estar acusada de abuso de autoridad, tráfico de influencias y pago de coimas no le genera conmoción en su espíritu? ¿Cómo puede desempeñarse de modo apropiado frente a estas acusaciones? Atino a entrever una respuesta, usted se considera por encima de la ley y no sujeta a principios éticos y morales.

En conclusión, tratándose de la persona que ocupa el puesto máximo en la estructura del Ministerio Público Fiscal, usted debería tener la decencia de dar un paso al costado, ya que su presencia podría influir sustancialmente en la prestación del servicio de justicia, resultando afectada toda la ciudadanía.

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Asimismo, y tal como ha referido en el pedido de suspensión del Dr. Campagnoli, este requerimiento se sustenta en la necesidad de que enfrente de la mejor forma posible todas las instancias que implican su participación en un proceso judicial, y la posibilidad de que aquello signifique un obstáculo en el cumplimiento de sus funciones como Procuradora.

Por aquel motivo, entiendo que hacer lugar a mi planteo garantizará el ejercicio de su derecho de defensa en juicio de una forma más completa y acabada, y al mismo tiempo dará lugar a que el organismo que Ud. dirige pueda funcionar sin ningún tipo de dificultades o contratiempos, resultando la opción más beneficiosa para todos los argentinos.

Por las razones referidas precedentemente, le solicito que de lugar al presente requerimiento. Sin otro particular, la saludo a Ud. atentamente”.

NR

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