Buenos Aires, 13/12/2024, edición Nº 4412
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La Ciudad deberá pagarle $74.500 a una vecina que se cayó por escombros en la avenida 9 de Julio

El accidente ocurrió mientras se construía el Metrobus.

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(CABA) La Ciudad tendrá que pagarle $ 74.500 a una vecina que tropezó en la avenida 9 de Julio mientras se llevaba a cabo la obra del Metrobus, en julio de 2013. La mujer sufrió lastimaduras en la cara, se fisuró la rótula (además le provocó un derrame interno) y se quebró una muñeca.

En su sentencia, la jueza Andrea Danas -del juzgado número 19 en lo Contencioso Administrativo y Tributario- le envió un mensaje al Entre de Mantenimiento Urbano y le recordó que “debe desarrollar en forma efectiva las tareas de control de los servicios y obras que se ejecuten”. Danas dio por acreditadas todas las pruebas presentadas por la vecina, y pudo comprobar también el mal estado en el que se encontraba la calle en el momento de la caída.

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Es así que ordenó al Ejecutivo local pagarle $ 74.500 más intereses, en concepto de daño físico, daño moral, gastos médicos, de farmacia y de traslado.

El accidente ocurrió el 8 de julio de 2013 alrededor de las 15.30. La vecina, según información de Clarín, intentaba cruzar la avenida 9 de Julio cuando tropezó con elementos que se encontraban sobre el asfalto, a raíz de las obras de construcción del Metrobús. Una de las tareas básicas en una obra de construcción es mantener el orden de los materiales de trabajo y la limpieza, porque cualquier objeto fuera de lugar puede generar un episodio de este tipo. Tiene que ver con protocolos básicos de higiene y seguridad que demandan las obras. Que por otra parte, no solo puede perjudicar a un vecino o vecina, sino también a los obreros.

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En este caso, la mujer (de 74 años en ese momento) contó que en el lugar había cascotes y pedazos de madera. Que justamente se enganchó el pie derecho con una madera y cayó. Una vez que fue atendida en una clínica privada, le colocaron una férula en toda la pierna. Estuvo 37 días sin caminar y el 13 de agosto fue operada. Once días después la operaron por segunda vez.

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Por su parte, el Gobierno porteño negó toda responsabilidad. Entre otras cosas argumentó que la vecina vivía a dos cuadras del lugar del accidente y “debió haber transitado por allí en varias oportunidades sabiendo perfectamente por donde ir para evitar la obra”; que “debió haber adoptado mayores precauciones”; que no podía descartarse “un déficit atencional en razón a su edad”. E incluso consideró que una manifestación del Sindicato de Camioneros que se había llevado a cabo por la avenida, pudo ser el causante de que quedaron restos de obra esparcidos.

En cuanto a las normas, Danas se basó en el artículo 2 de la Ley número 19.987, que dispone que “son de competencia de la Municipalidad los asuntos que se refieren a: la construcción y conservación de puentes, túneles, calles, calzadas, y demás obras públicas que se estimen convenientes, y el ejercicio del poder de policía en las materias de su competencia”. Y afirmó que “se encuentra a cargo del GCBA el control, cuidado y mantenimiento de la vía pública”.

Respecto a la indemnización, la jueza determinó que al rubro “incapacidad sobreviviente” le otorgó la suma de $ 30 mil. Por el “daño moral”, $ 40 mil. Y por los gastos farmacéuticos, de asistencia médica, traslados y tratamientos, resolvió otorgar la suma de $ 4.500. NR

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