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Registro obligatorio de ascensores
Hasta el 30 de abril.
Esto permitirá desarrollar un diagnóstico de situación de todo el parque de elevadores de la ciudad, que será clave optimizar el sistema de controles. Los vecinos podrán fiscalizar también que cada consorcio cumpla con el registro. La fecha límite será el 30 de abril de 2014 y hasta el 31 de marzo para los años siguientes, pasado dicho plazo serán considerados en infracción.
(CABA)La Agencia Gubernamental de Control creó Ascensores Registrados, un programa que surge como una revisión de los procesos de control, registro e inspección de todos los elevadores de la ciudad de Buenos Aires. La fecha límite de registro será el 30 de abril de 2014 y hasta el 31 de marzo para los años siguientes, pasado dicho plazo serán considerados en infracción.
Este programa permitirá, en una primera fase, desarrollar un diagnóstico de situación del parque de elevadores mediante la utilización de sistemas informatizados de carga de datos. Los propietarios denunciarán sus elevadores y la correspondiente empresa conservadora.
En una segunda fase, reemplazar procedimientos administrativos complejos y prolongados que derivarán en inspecciones más eficientes mediante la incorporación de todos los datos técnicos de los elevadores. Si bien el ejercicio de control y fiscalización se mantendrá vigente, el presente programa atiende a mejorarlo y se producirá un cambio de paradigma: las inspecciones proactivas reemplazarán a las inspecciones reactivas a denuncias.
La inscripción la realizará el propietario/administrador de manera simple a través de internet desde la web. Por cada elevador ingresado, el sistema generará un documento que contiene un código QR , cuya oblea impresa será intransferible y deberá estar visible en cada ascensor, junto con la planilla de controles mensuales de la Empresa Conservadora.
En cuanto al costo de inscripción al registro, la Ley Tarifaria de la Ciudad establece el importe de la tasa a abonar, que actualmente es de $ 313. La misma se abona por ascensor, una única vez en el año. El cambio de empresa conservadora o de administrador no derivará en un nuevo pago de la tasa.
Cabe destacar que la incidencia de la tasa no es significativa en los gastos generales de los propietarios, como ejemplo, en un edificio tipo de propiedad horizontal (de 8 pisos y tres UF por piso) se pagaría aproximadamente un peso por mes por Unidad Funcional, por cada ascensor. Ejemplo: un propietario de un edificio de 8 pisos con dos ascensores, pagaría dos pesos por mes.
Por su parte, la AGC realiza capacitaciones para administradores y empresas conservadoras que deseen tener toda la información relativa al nuevo sistema, para ello los interesados deberán contactarse al mail: ascenso@buenosaires.gob.ar con el asunto: “Solicitud de Capacitación Ascensores Registrados” y detallar el nombre de la empresa o administración de consorcio que solicite la capacitación.

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