Información General
La Anmat prohibió la venta de una leche en polvo
Carece de autorizaciones de producto y de establecimiento. También prohibió la comercialización de varios tés.

(CABA) La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió, en todo el territorio nacional una leche en polvo.
Según explicó, el producto es ilegal porque carece de autorizaciones de producto y de establecimiento. “Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República”, agregó.
La administración detalló que la leche prohibida es la “Leche Entera en Polvo“, Disolución Instantánea, Fortificado con Vitaminas D, A, marca Monte Aurora, RNPA N° 21-100921, CG 21-75134, SENASA S-105900 – RNE N° 21-005175, Industria Argentina, y todo producto con dicho RNE.
La Anmat agregó que “está falsamente rotulado al consignar en su rótulo un RNPA (Registro Nacional de Producto Alimenticio) perteneciente a otro producto”.
TAMBIEN PUEDE INTERESARTE
Confirmado: el viernes quedará inaugurado el viaducto Mitre
A su vez, a través de la disposición 3887/2019, el organismo también prohibió la venta de varios tés:
-“Té Rooibos”, marca: Tea Blends for You”.
-“Rooibos en Hebras” Producto Importado 50 g, marca: Bolsa Urban Tea”.
-“Rooibos de Sudáfrica con trocitos de zanahoria y naranja, Carrot Tea”, marca: Urban Tea”.
-“Rooibos en Hebras” Producto Importado 100 g, Bolsa Urban Tea.
-“Té En Hebras Premium” – Blend Rooibos x 80g , marca: ZIRAN~JI – Rooibos Edasich.
-“Blend de Rooibos de Africa + Algas de La Patagonia”, marca: Argenvita.
TAMBIEN PUEDE INTERESARTE
Ritondo: «No sirve cortar un eslabón, vamos contra toda la cadena de la red de narcotráfico”
“Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284″, justificó la ANMAT en los considerandos de la medida. NR

-
Información General1 semana ago
Inflación: pese a los aumentos tarifarios, en junio se espera un índice de precios similar al de mayo
-
Información General3 semanas ago
Transporte en CABA: ya se puede abonar el pasaje de subte con QR y sin consumir datos
-
Información General3 semanas ago
Educación privada: confirman un nuevo aumento de hasta 6,5% en las cuotas de CABA y GBA
-
Información General2 semanas ago
Las universidades argentinas caen en un ranking global: advierten por los fondos para investigación
-
Información General2 semanas ago
Macri homenajeó a Bomberos caídos
-
Información General2 semanas ago
Terrible femicidio en Moreno
-
Información General2 semanas ago
Costantini pisará fuerte en Palermo
-
Información General2 semanas ago
Problemas con el intendente de Avellaneda y un dirigente opositor