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Para locación temporaria con fines turísticos.
Lo dispuso el Ente de Turismo porteño.
(CABA) Luego de que AFIP pidiera más información sobre alquileres turísticos, en el Ente de Turismo porteño firmaron la Resolución 115, la cual establece: “Impleméntase bajo la órbita de la Dirección General de Desarrollo y Competitividad de la Oferta el Registro de Propiedades de Alquiler Temporario Turístico creado por la Ley N° 4.632 y reglamentado por el Decreto N° 227/14”.
Exponen los considerandos se declara la necesidad local de “establecer un sistema de registración de las propiedades que sean dadas en locación temporaria con fines turísticos” y añadieron: “En la órbita de la referida Dirección General, se encuentra la Gerencia Operativa de Registros de Actividades Turísticas que debe, en el marco de sus acciones, dar cumplimiento a todas las tareas que en materia de Registro, control y verificación se establezcan en cabeza del Ente de Turismo como autoridad de aplicación”.