Barrios
Devoto: intervienen la tradicional heladería Monte Olivia
La Justicia Comercial puso un interventor porque los dueños no se ponen de acuerdo para tomar decisiones.
(CABA) La Cámara Nacional en lo Comercial ratificó la intervención judicial de una sociedad porque sus dos únicos miembros no se ponen de acuerdo en tomar decisiones imprescindibles para el funcionamiento de la empresa, una reconocida heladería en el barrio de Villa Devoto.
La Sala F de la Cámara consideró el informe de un veedor judicial, y que cada uno de los dos socios de Monte Olivia S.R.L. tiene el 50 por ciento, lo que provoca una situación de normalidad ante la falta de consenso. Monte Olivia es una tradicional heladería de Villa Devoto, ubicada en frente la Plaza, en el corazón del barrio.
Según constancias del expediente, las reuniones de socios se realizaron sin problemas hasta mayo de 2012, pero luego los socios gerentes (ambos) dejaron de firmar las actas relacionadas con la aprobación de estados contables, distribución de utilidades y fijación de honorarios.
Los camaristas Juan Ojea Quintana, Alejandra Tévez y Rafael Francisco Barreiro remarcaron que la situación se repitió en varios ejercicios económicos.
“Ahonda el cuadro de irregularidades -agregaron- que no obra acreditado en forma fehaciente el sentido de voto de cada uno de los socios respecto de las decisiones que pretenden tenerse por válidas”.
El tribunal recalcó que las diferencias que “se reflejan en la falta de consenso necesario para la adopción de resoluciones esenciales” para la marcha de la empresa, “torna de imposible cumplimiento el agotamiento de la vía intrasocietaria” y “ponen en riesgo el normal desenvolvimiento y cumplimiento del objeto social”.
Los camaristas evaluaron que “en el caso de sociedades constituidas por dos socios, donde cada uno resulta titular del 50 por ciento del capital y votos y la representación es conjunta”, las decisiones que se adoptan por mayoría requieren unanimidad.
Para la Sala F de la Cámara, la “gestión antisocial” de los administradores de Monte Olivia S.R.L. constituye un fundamento idóneo para ratificar la intervención judicial.
“Ello con abstracción de la determinación de responsabilidades, lo que ha de ser objeto de ulterior dilucidación”, expresaron los camaristas. NR
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