Buenos Aires, 21/04/2025, edición Nº 4541
Connect with us

Destacado 2

Los centros culturales ya tienen su ley

Histórico.

Published

on

Se sancionó hoy en la última sesión del año en la Legislatura. Hoy a las 18 habrá un festival sobre la peatonal Perú al 100.

legislatura

(CABA) Hoy en la última sesión del año, extraordinaria, se aprobó la ley de centros culturales que había impulsado el FpV, por pedido de organizaciones culturales porteñas ante la ola de clausuras que sacudió durante 2014 a distintos espacios de arte autogestivo.

La votación, luego de idas y vueltas entre oficialismo y oposición por la opinión de la AGC, órgano de control, llegó a buen puerto con una votación unánime del cuerpo parlamentario.

Con la presencia de gestores culturales en las gradas, se festejó el logro, un pedido que viene de larga data.

Advertisement

Una vez terminada la sesión, la legisladora Lorena Pokoik aseguró que es el “fin de ciclo de las clausuras y el comienzo de una nueva etapa”. A su vez, aseguró que el texto complementario de las tipologías -CPU- de Centros Culturales deberá pasar por audiencia pública y una segunda votación final.

En tanto, Gabriela Seijo (PRO) reconoció el consenso entre fuerzas para votar la norma. En tanto, resaltó el peso de este pedido por parte de las distintas agrupaciones que pidieron a través de distintas instancias por este reconocimiento.

centros culturales

La ley, que fue sancionada con el consenso de todos los bloques, define como Centro Cultural “el espacio no convencional y/o experimental y/o multifuncional en el que se realicen manifestaciones artísticas de cualquier tipología, que signifiquen espectáculos, funciones, festivales, bailes, exposiciones, instalaciones y/o muestras con participación directa o tácita de los intérpretes y/o asistentes. En dichos establecimientos pueden realizarse ensayos, seminarios, charlas, talleres, clases y/o cualquier actividad de carácter formativa relacionada con todas las manifestaciones tangibles e intangibles del arte y la cultura. Dichas actividades pueden ser realizadas en cualquier parte del establecimiento. La actividad de baile no podrá ser la actividad principal de los Centro Culturales”.

Los Centro Culturales a partir de esta ley serán clasificados en cuatro categorías según su capacidad de asistentes. El Centro Cultural “Clase A” podrá recibir hasta 150 personas; el “Clase B” de 151 a 300 personas, no pudiendo ser la superficie de piso mayor a 500 metros cuadrados; “Clase C” desde 301 hasta 500 personas, no pudiendo ser la superficie de piso mayor a 1000 metros cuadrados y “Clase D” aquellos que superen las 500 personas con una superficie de piso mayor a 1000 metros cuadrados. Además deberán inscribirse en el Registro de Usos Culturales, dependiente de la Subdirección de Regímenes de Promoción Cultural de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, y presentar un informe anual de las actividades que se desarrollaron en cada espacio.

Advertisement

Otros aspectos que regula la ley son: algunos usos accesorios como la venta de libros y discos, galerías de arte, entre otros; la venta de bebidas y alimentos; la accesibilidad; los planos, mobiliario y escenario; ventilación e iluminación; instalación eléctrica y primeros auxilios. Los establecimientos tendrán un plazo de 6 meses para adecuar sus instalaciones a lo dispuesto por esta normativa.

“Los Centros Culturales funcionan como espacios de interacción comunitaria. En ellos se brindan talleres artísticos, se crean medios de comunicación, se desarrollan espacios de educación popular, y se les brinda espacio a distintos artistas o colectivos artísticos para mostrar su arte. La finalidad no es el lucro, ni la mera difusión de expresiones artísticas, sino la participación de los vecinos como protagonistas en la producción de cultura popular”, sostienen los fundamentos de la iniciativa sobre los Centros Culturales.

La norma sancionada con 56 votos positivos contiene un texto consensuado en base a los proyectos presentados por los legisladores/as Javier Gentilini (PSur),Hernán Arce (PS), Eugenia Estenssoro, Hernán Rossi, Inés Gorbea (SUMA+), Maximiliano Ferraro, Paula Oliveto (CC), Virginia González Gass (PSA) y Lía Rueda (PRO).

En tanto, también fue aprobada en primera lectura (deberá ser tratada en Audiencia Pública y volver a ser aprobada en forma defintiva) otra ley en consonancia con la anterior que modifica el Código de Planeamiento Urbano incorporando las diferentes tipologías de centros culturales. Este texto también fue consensuado en base a los expedientes de los diputados/as Pablo Ferreyra (SL), Gabriela Alegre, Jorge Aragón, Gabriel Fuks, Dante Gullo, María Rosa Muiños,Claudia Neira, Paula Penacca, Lorena Pokoik, María Rachid, Jorge Taiana (FpV), Susana Rinaldi (MC), José Cruz Campagnoli, Gabriela Cerruti,Edgardo Form (NE), Aníbal Ibarra (FPP), Claudio Palmeyro (SP), Gabriela Seijo (PRO) y de la Defensoría del Pueblo de la CABA.

Advertisement

 

Más leídas

Propietario y Editor Responsable: Juan Braña
Director Periodístico: Roberto D´Anna
Domicilio Legal: Pedernera 772
CP: 1407
Ciudad de Buenos Aires
Teléfono de contacto: 153 600 6906
Registro DNDA Nº: RE-2020-52309475-APN-DNDA#MJ


contador de visitas gratis