Buenos Aires, 13/07/2025, edición Nº 4624
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La Justicia cerró una Causa por prostitución en un “privado”

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Cierran una causa por prostitución en un departamento privado de Capital Federal.

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La Cámara del Crimen confirmó el cierre de una causa en la que se investigaba el ejercicio de la prostitución en un departamento de la Ciudad de Buenos Aires, tras constatar que no existían infracciones a la denominada “ley de profilaxis”, ni explotación de mujeres o trata de personas.

La Sala Primera del tribunal de apelaciones, con la firma de los camaristas Luis Bunge Campos y Alfredo Barbarosch, confirmó el archivo de la causa iniciada el 29 de julio de 2011 ante la seccional 3l de la Policía Federal, por “ejercicio de la prostitución” en un domicilio del centro porteño.

Los magistrados sostuvieron que “han existido reiteradas investigaciones en dicho inmueble en orden a la posible infracción a la Ley 12.331 y, en todos los casos, se ha resuelto dar fin a las causas”.

Agregaron que el informe de la Unidad Especial de Investigaciones y Procedimientos Judiciales de Gendarmería “no aportó ningún elemento” en relación a la denuncia.

Según el expediente, “dos testigos refirieron haber concurrido hasta el lugar donde mantuvieron relaciones sexuales a cambio de un canon dinerario; y en todos los casos fueron recibidos por una mujer con quien convinieron el precio y tiempo del servicio sexual requerido para, posteriormente, consumar el acto y retirarse del lugar”.

Los camaristas Bunge Campos y Bruzzone afirmaron que es “lícita” la actividad realizada en un departamento de esta Ciudad por “tres mujeres que estarían brindando servicios sexuales a cambio de dinero” en la medida que ello no implique violación a la ley de profilaxis ni explotación o trata de personas.

Los magistrados confirmaron un fallo de primera instancia que hizo referencia a la “licitud” de esa actividad en un “ámbito privado” donde “no existe ni el menor indicio de la existencia de persona alguna que explote, promueva o facilite la prostitución”.

“No surgen motivos para presumir que en el domicilio citado se esté violando la ley de profilaxis”, sostuvieron los magistrados, quienes añadieron que “sólo puede deducirse que en el lugar habría tres mujeres que estarían brindando servicios sexuales a cambio de dinero”.

En ese sentido, explicaron que “la actividad que allí se desarrollaría sería lícita, toda vez que no existe ni el menor indicio de la existencia de persona alguna que explote, promueva o facilite la prostitución”.

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