Buenos Aires, 25/04/2026, edición Nº 4910

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Monotributo: último mes para declarar las facturas en existencia

Se deben informar los comprobantes que fueron impresos antes del 1 de noviembre pasado y aún no fueron utilizados.

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(CABA) El organismo a cargo de Ricardo Echegaray estableció una obligación online que deben cumplir los pequeños contribuyentes antes del 31 de marzo próximo. Se deben informar los comprobantes que fueron impresos antes del 1 de noviembre pasado y aún no fueron utilizados. Conozca el paso a paso.

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mantiene online el procedimiento que deben seguir los monotributistas para declarar los talonarios de facturas que aún se encuentran en su poder, a fin de estar habilitados a utilizarlos a lo largo de este año.

La historia se remonta a septiembre pasado cuando el organismo a cargo de Ricardo Echegaray publicó las resoluciones 3665 y 3666 que obligaban a los pequeños contribuyentes a obtener el Código de Autorización de Impresión (CAI) online e impedían el uso de los comprobantes ya impresos a partir del 1 de enero de este año.

Para terminar con la confusión, el fisco nacional publicó la resolución general 3704 a través de la cual se estableció un nuevo procedimiento a seguir por parte de aquellos pequeños contribuyentes que ya tenían facturas impresas antes del 1 de noviembre.

En resumen, la flamante reglamentación establece que quienes todavía conserven los viejos talonarios podrán utilizarlos hasta que se les acaben. Para ello, deben comunicar al organismo de recaudación los datos de estas facturas a través de un régimen de información web que ya se encuentra en pleno funcionamiento.

Informar las facturas, paso a paso
A fin de cumplir con la obligación, se encuentra habilitado para los monotributistas el servicio denominado «Autorización de Impresión de Comprobantes«.

Para ello, los interesados deben ingresar al sitio web de la AFIP utilizando la «Clave Fiscal» habilitada con Nivel de Seguridad 2.

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Los monotributistas deberán cumplir con esta obligación antes del 31 de marzo. De no hacerlo, podrán ser sancionados por no presentar las respectivas declaraciones juradas informativas.

Una vez dentro del servicio «Autorización de Impresión de Comprobantes«, se debe ingresar a la opción «Régimen de Información de comprobantes en existencia«.

Luego se debe hacer clic en la opción «Consultas de comprobantes anulados«:

Una vez dentro de la opción, se debe acceder al apartado «Agregar comprobantes«. Allí se debe detallar los talonarios de facturas que aún se encuentran en su poder detallando los siguientes datos:

Tipo de comprobante.
Punto de venta.
Desde (número de comprobante inicial).
Hasta (número de comprobante final).

¿Cómo informar comprobantes en existencia?

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