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La Justicia volvió a frenar la ampliación del estacionamiento medido a los barrios
Un juez porteño declaró inconstitucionales varios artículos de la ley votada en 2016 para llevar los espacios tarifados a más zonas de la Ciudad.
(CABA) La ampliación del estacionamiento medido y la regularización del sistema de grúas volvieron a encontrar un obstáculo en la Justicia. El lunes, un fallo de fondo declaró inconstitucionales varios artículos de la ley votada en diciembre de 2016 para llevar los espacios tarifados a más barrios, como lo había solicitado una ONG de Caballito en un recurso presentado el año pasado.
Con esta medida, queda en suspenso el proceso de licitación para la concesión del servicio en cinco zonas diferentes de la Capital, como establecía la ley que aprobó los pliegos. El 2 del mes próximo, el gobierno porteño preveía abrir los sobres para dar a conocer las empresas interesadas. Según La Nación, el procedimiento se realizará, pero la Ciudad apelará el fallo la semana próxima. Hasta que esto sea resuelto, no se podrá adjudicar el servicio.
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Hoy, de los 334.654 espacios disponibles para estacionar en la vía pública suman unos 4000 los controlados por parquímetros en barrios como Retiro, San Nicolás, Puerto Madero, San Telmo, Recoleta y Palermo; en Belgrano y Núñez, entre otros, también operan los cuidacoches formales que ofrecen las tarjetas en las cuadras reguladas.
La ley 5728, votada en 2016 -que autorizó la concesión del Sistema de Estacionamiento Regulado por el plazo de 10 años y modificó la ley 4888, de 2013-, proponía extender el esquema al 45% de las calles, incluyendo nuevos barrios como Almagro, Boedo, Colegiales, Caballito, Palermo, Chacarita, Villa Ortúzar o Constitución. En números, el estacionamiento medido alcanzaría 86.768 plazas, el 26% del total, es decir, una de cada cuatro.
La nueva traba de la Justicia puede interpretarse como una buena noticia para los vecinos, que seguirán disponiendo de la gratuidad de los espacios. Pero es una nuevo revés para la Secretaría de Transporte y Tránsito porteña, que ve en la ampliación del sistema tarifado a más barrios una de las soluciones para reordenar el tránsito y darle mayor dinámica al flujo de vehículos que se mueve por la Capital.
El fallo, que se conoció ayer, fue firmado por el magistrado Francisco Ferrer, del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 23, y otorga la sentencia final al recurso que había presentado la ONG Proto Comuna Caballito el año pasado; en junio de 2017, Ferrer ya había ordenado frenar cautelarmente el proceso de licitación.
Según los demandantes, por tratarse de una concesión que afectaba bienes de dominio público, la ley necesitaba 40 votos positivos, de acuerdo con lo pautado por la Constitución porteña; la norma se sancionó con 33 adhesiones. Al resolver la cuestión de fondo, el juez dio la razón a la ONG por la afectación de calles y de tierras públicas, como los diez terrenos donde se instalarán las playas de acarreo, que además figuran con la catalogación urbanización parque (UP) y cuya rezonificación exige el procedimiento de doble lectura, audiencia pública mediante, que no se realizó.
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Fuentes del gobierno afirmaron que se apelará el fallo, “ya que no está previsto el procedimiento de doble lectura en la Constitución porteña” para estos casos. “No se está concesionando, ni otorgando un derecho, ni disponiendo un bien de dominio público, sino directamente concesionando un servicio público de control y regulación del tránsito, por lo que no es necesario someter el tratamiento de la ley a un procedimiento de doble lectura”, insistieron. Como antecedente vale decir que en 2014, en una situación similar, un fallo de la Cámara de Apelaciones le dio la razón a la Ciudad.
El freno a la ampliación del parque tarifado también pone en pausa, una vez más, la renovación de la tecnología de los parquímetros que aún funcionan con monedas como único medio de pago. Las nuevas terminales que se pretende instalar podrían operar con tarjetas de crédito y débito, SUBE, efectivo y también con aplicaciones para teléfonos inteligentes.
Mientras se defina la batalla judicial, las empresas de acarreo Dakota-STO y BRD-SEC -que se reparten entre 7000 y 12.000 remociones diarias-, según el Observatorio del Derecho a la Ciudad, pagan un canon de $100.000 mensuales entre ambas pese a que recaudan más de $7,5 millones.
El fallo dejó además planteada una incógnita: un artículo no objetado de la ley establece que si pasados los 18 meses de la promulgación no se adjudicaba la licitación, el Estado debía asumir el control del servicio. Según la Ciudad, como la licitación estuvo paralizada durante tres meses en 2017, no rige aún esa obligación pese a que el plazo original venció este mes. NR
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