Buenos Aires, 30/06/2025, edición Nº 4611
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La Justicia prohibió la instalación de nuevas urbanizaciones en la cuenca del río Luján

Fue por un amparo de entidades ambientalistas. Responsabilizan a las construcciones por los desbordes.

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(PBA) La jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo Salgado acaba de dictar un fallo que podría tener una implicancia directa en el distrito. A instancias del fiscal federal Fernando Domínguez, decidió prohibir la instalación de nuevas urbanizaciones en la cuenca del río Luján.

La orden judicial, que también llega al valle de inundación del Delta del Paraná, impacta en los municipios de Pilar, Vicente López, San Isidro, San Fernando, Tigre y Escobar.  Según el fallo, difundido por el portal El Argentino Zona Norte, en eso distritos deberán abstenerse de autorizar la construcción de nuevos emprendimientos o ampliaciones que impliquen tareas de endicamiento, embalses, dragados, entre otras obras que afectan el normal cauce de los ríos.

El efecto más concreto del fallo es para dos emprendimientos del partido de Tigre. Arroyo Salgado, dispuso la clausura de las instalaciones del desarrollo llamado “Venice Ciudad Navegable”. Además, informó que “Remeros Beach”, en Rincón de Milberg, no podrá comenzar su ejecución hasta tanto cuente con las habilitaciones correspondientes.

En el caso de Pilar, se encuentra en plena construcción la mega urbanización San Sebastián, al tiempo que hay otras en proceso de tramitación y desarrollo sobre la planicie de inundación del río Luján.

La medida judicial que de conoció en las últimas horas va en línea con lo que sostienen los ambientalistas, que responsabilizan a las urbanizaciones que se levantan sobre los humedales por las inundaciones que cada tanto afectan a miles de familias de la cuenca.

De hecho, desde que asumió el gobierno municipal de Nicolás Ducoté inició una ronda de negociaciones denominada “diálogo hídrico”, en la que busca acordar con los countries ya instalados medidas para mitigar el impacto.

Según el dictamen del fiscal Domínguez, en el que se basó el fallo de Arroyo Salgado, “se ha demostrado que la construcción de barrios cerrados no sólo ha afectado al medio ambiente, sino que ha producido graves estragos y, consecuentemente, incalculables daños a la propiedad pública y privada, provocando también la pérdida de vidas humanas”. 

Pocos días antes del fallo, Domínguez había aportado nuevas pruebas a la causa que estaba parada desde hacía cuatro meses. Entre ellas, resoluciones de la Defensoría del Pueblo de la Nación, ordenanzas municipales y un informe de la Cátedra Libre de Ingeniería Comunitaria de la UBA.

El fiscal afirmó que está probada la relación entre los countries y las inundaciones. Y advirtió: “Las gravísimas consecuencias muy probablemente volverán a repetirse si no se adoptan medidas urgentes para paliar la situación, en tanto se adoptan por las autoridades competentes soluciones de fondo”. 

El fiscal federal Domínguez sostuvo que los delitos (de empresarios y funcionarios) serían “daño agravado, estrago seguido de muerte (consecuencia de las inundaciones) e incumplimientos de los funcionarios públicos”. NR

arroyo salgado

 

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