Buenos Aires, 30/03/2026, edición Nº 4884

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El pago de expensas por banco será opcional en la Ciudad

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El gobierno de la ciudad de Buenos Aires implementaría en forma opcional la bancarización del pago de expensas, cuya puesta en marcha fue suspendida por orden de la Justicia y que tenía por objeto mejorar el control de los administradores de consorcios.

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(Ciudad de Buenos Aires) La administración de Mauricio Macri quiere brindar en forma opcional a los consorcios y propietarios el modelo único de liquidación y recibo de pago por el que se enviarían por e-mail todos los comprobantes.

La implementación opcional se extendería hasta que la Justicia dicta sentencia en la causa por la que el mecanismo de la liquidación online de expensas se frenó a pedido de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

Desde el sector privado argumentan que el sistema tendrá costos administrativos que deberán ser soportados por los propietarios, aunque habrá mayor transparencia respecto de los gastos incurridos por el consorcio y del manejo de los fondos.

El modelo único digital de liquidación de expensas estaría disponible en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que puedan disponer de él los administradores de los consorcios que quieran optar voluntariamente por su implementación.

Los administradores deberán enviar por correo electrónico a los copropietarios las liquidaciones de expensas en formato digital, acompañando la digitalización de todos los comprobantes respaldatorios.

Asimismo, todos los ingresos y egresos del consorcio deberán efectuarse en forma bancarizada a través de las cuentas bancarias que posea el consorcio.

Al recibo de expensas se le suma una planilla de resúmenes de gastos en donde se debe detallar, entre otros rubros, Sueldos y cargas sociales; Impuestos y servicios; Seguros; Gastos de honorarios, y Provisión o fondo de emergencia.

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También se deberá precisar el activo y pasivo del consorcio detallando los rubros Caja y Banco, Créditos Varios e Importes a Pagar, entre otros.

Otra información a brindar a los propietarios en forma detalla se refiere a Juicios a favor o en contra del consorcio; la composición del Consejo de Administración del mismo; Cruce de datos o Revés judicial.

La jueza Contencioso Administrativo y Tributario Andrea Danas dictó una medida cautelar a favor de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias, ordenando «la suspensión de los efectos de la resolución 408/12 hasta tanto se dicte sentencia definitiva». Tomó esta decisión por considerar que «podría existir un porcentaje de propietarios que no recibiesen su liquidación de expensas, por carecer de los medios tecnológicos necesarios para acceder a ella, o se viesen compelidos a abrir una cuenta bancaria para efectuar los depósitos del consorcio». (El Cronista)

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