Información General
Titularizan docentes de la Dirección de Formación y prorrogan Juntas de Clasificación
De primaria y secundaria.
Lo votó la Legislatura porteña.
(CABA) Fueron confirmados en carácter de titular los agentes que a la fecha de promulgación de la ley sancionada este jueves se encuentren desempeñando cargos docentes de base de los niveles inicial y primario en escuelas dependientes de la Dirección de Formación Docente, a saber: Maestro de Sección, Maestro Auxiliar de Sección y Maestro de Materias Especiales (Nivel Inicial), Maestro de Grado y Maestro de Materias Especiales (Nivel Primario).
Los requisitos son: Haber revistado en situación de interinos en sus cargos a la fecha de promulgación de la ley, poseer título docente, habilitante o supletorio correspondiente para la asignatura o cargo al que aspire; tener concepto no inferior a bueno; contar con apto psicofísico, que deberá obtenerlo en un plazo no mayor a 60 días según el art. 14º inc. f del Estatuto Docente y encontrarse en situación activa. En caso de no estarlo, al momento del alta se procederá a su confirmación como titular.
Los docentes de las áreas de Inicial y Primaria de las Escuelas Normales e Institutos de Educación Superior no habían sido incluídos, por omisión involuntaria, en la ley de titularización – N° 4109-aprobada en diciembre del año 2011. En tanto, la norma impulsada por el diputado Francisco Nenna (MC) y otros, contó con dictamen de mayoría de la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología y aclara que no tendrá derecho a ser titularizado el personal que goce de una jubilación o retiro en cualquier jurisdicción. La ley fue aprobada con 46 votos positivos y 8 abstenciones de los diputados Hernán Arce (PS) María Eugenia Estenssoro, María Inés Gorbea, Juan Nosiglia y Hernán Rossi (Suma+) Maximiliano Ferraro, Paula Oliveto Lago (CC) y Gabriel Gentilini (PSur).
Prorrogan Juntas de Clasificación
Por iniciativa de la diputada Victoria Morales Gorleri (PRO) y con un texto consensuado se aprobó una ley que extiende por única vez el mandato de los Miembros de las Juntas de Clasificación dispuestos en el artículo 10º de la Ordenanza Nº 40.593, por el término de un año, en cumplimiento del proceso de reorganización previsto en la Ley Nº 4109. El proyecto obtuvo 43 votos positivos, 15 abstenciones y 2 votos negativos de los diputados Pablo Bergel y Gustavo Vera (BC).
La norma define además que los tres representantes de la Comisión de Registro y Evaluación de Antecedentes Profesionales (COREAP) serán designados por el Ministro de Educación, a propuesta de la Dirección General de Carrera Docente, conforme a los estándares fijados en el artículo 7º de la Ley 4109. Además, todos los miembros elegidos durarán un año en sus funciones y podrán ser renovados por un período consecutivo hasta la regularización de las Juntas de Clasificación y Seguimiento de Concursos Docentes.

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