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Ley Justina: En la Ciudad de Buenos Aires todas las personas son donantes de órganos
Según lo aprobado en la Legislatura, el Poder Ejecutivo deberá instrumentar los procedimientos que resulten necesarios para garantizar la aplicación de la Ley Nacional Nº 27.447, conocida como «Ley Justina» en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Según lo aprobado en la Legislatura, el Poder Ejecutivo deberá instrumentar los procedimientos que resulten necesarios para garantizar la aplicación de la Ley Nacional Nº 27.447, conocida como «Ley Justina» en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
«La norma establece que toda persona capaz mayor de 18 años puede en forma expresa manifestar su voluntad negativa o afirmativa a la donación de los órganos y tejidos de su propio cuerpo, restringir de un modo específico su voluntad de donación a determinados órganos y tejidos, y condicionar la finalidad de la voluntad de donación a alguno de los fines previstos en esta ley», explican los fundamentos del proyecto, que tuvo despacho de la Comisión de Salud sobre dos iniciativas presentadas por las diputadas Mercedes de las Casas (VJ) e Inés Gorbea (Ev).
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Además, se aclara que «la expresión de voluntad debe ser manifestada por escrito, a través de los canales previstos en la Ley, pudiendo ser revocada también por escrito en cualquier momento. De no encontrarse restringida la voluntad afirmativa de donación o no condicionarse la finalidad de la misma, se entiende que la persona es donante y son comprendidos todos los órganos y tejidos, y a todos los fines».
El objetivo de la llamada «Ley Justina» es regular las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de origen humano, teniendo en cuenta que el implante de los mismos debe ser realizado cuando los otros medios y recursos disponibles se hayan agotado, sean insuficientes o inconvenientes o resulte la mejor alternativa terapéutica para la salud del paciente, conforme a la evidencia científica.
Para manifestar la voluntad negativa en todo el país es necesario dejarlo registrado por cualquiera de los siguientes medios:
– Firmar un acta de Expresión en el INCUCAI, en los organismos jurisdiccionales de ablación e implante.
– Asentarlo en el Documento Nacional de Identidad en las oficinas del Registro Civil.
– Completar un formulario online disponible en www.incucai.gov.ar
«En los últimos cincuenta años, el trasplante de células, tejidos y órganos humanos se ha convertido en una práctica mundial que ha alargado la duración y mejorado enormemente la calidad de cientos de miles de vidas», se fundamentó.
La diputada Mercedes de las Casas, emocionada, recordó que Justina fue al colegio con sus hijas y rememoró: «Acompañamos todo el proceso, que fue largo, doloroso, de mucha angustia y de desesperación». La Ley de adhesión resultó aprobada por unanimidad y recibió el aplauso de todos los presentes en el Recinto de Sesiones.
Según las cifras del Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante -INCUCAI, hay 7.736 personas que esperan un trasplante de órganos, de los cuales 250 son niños y adolescentes. Otras 2.961 personas están en lista de espera para un trasplante de tejidos, mientras que 3.000 esperan córneas.
La Ley Nacional N° 27.447 fue sancionada el 4 de julio de 2018 y publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el 26 de julio de ese año. Los principios en los cuales se enmarca son, entre otros, el respeto por la dignidad humana en todas sus dimensiones y la voluntariedad, altruismo y gratuidad en la donación de órganos, tejidos y células.
Por otra parte, también este jueves durante la Sesión Ordinaria se modificó la Ley N° 3.294 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual regula la investigación, promoción y fiscalización de la actividad de procuración, ablación e implante de órganos, tejidos y materiales anatómicos entre seres humanos vivos y fallecidos en el ámbito porteño, para adecuarla a la «Ley Justina».
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