Buenos Aires, 16/04/2024, edición Nº 4171
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Sociedad

El Gobierno porteño deberá asistir a una mujer desnutrida

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La mujer recurrió a la justicia en virtud de su “estado de extrema carencia habitacional y alimentaria” y fue avalado el pedido, tras considerar que el gobierno porteño debe “preservar bienes jurídicos elementales de la persona humana”.

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(Ciudad de Buenos Aires) La Justicia de la Capital Federal ordenó al gobierno porteño que disponga la asistencia de una mujer que está en condiciones de trabajar pero no puede hacerlo por su estado de desnutrición, consecuencia de su pobreza, en cumplimiento de “mandatos constitucionales específicos”.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario dispuso una medida cautelar a favor de la vecina llamada Susana, quien recurrió a la justicia en virtud de su “estado de extrema carencia habitacional y alimentaria”.

“Si bien es una mujer que poseería aptitudes que podrían insertarla en el mercado laboral, no debe perderse de vista que el estado de desnutrición y habitacional que posee le impediría su ingreso”, sostiene el fallo.

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En primera instancia, el recurso había sido rechazado porque la situación de la mujer no fue considerada de extrema gravedad.

Sin embargo, la Cámara corrigió esa decisión y advirtió que “se trata de una persona en situación de calle con deficiencias alimenticias, que no tendría un grupo familiar de contención”.

“El debate se relaciona con el cumplimiento, por parte del Gobierno, de mandatos constitucionales específicos tendientes a preservar bienes jurídicos elementales de la persona humana”, sostuvo el fallo, emitido por la Sala Segunda del Tribunal.

Los jueces detectaron que la mujer “registra un diagnóstico de desnutrición”, mientras que hace seis meses tenía “tan sólo un problema de bajo peso”.

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Además, “presenta dificultades en obtener los recursos necesarios para adquirir alimentos de las cuatro comidas diarias y menciona largos periodos de ayuno que generan debilidad corporal”.

La mujer está alojada en el parador Azucena Villaflor, lo que evidencia su evolución negativa porque “al momento de inicio del proceso principal alquilaba una habitación de condiciones precarias”.

Fuente: La Prensa

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