Información General
Anses pedirá una declaración jurada de salud a los monotributistas
Nuevo formulario.
(CABA) La AFIP estableció que a partir de ahora los monotributistas deberán presentar una declaración jurada de salud ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) e informar su grupo familiar, debiendo indicarse su adhesión o no, a la obra social seleccionada. El objetivo: “determinar si padece alguna incapacidad al momento de su afiliación“, comunicó.
Basados en un decreto de 1997, la Anses dictaminó en 2014 que para la incorporación del monotributista al sistema previsional, es obligatoria la presentación de una declaración jurada de salud ante ese organismo. De acuerdo con el ente impositivo, la declaración de salud se presentará junto al acuse de recibo de la adhesión al monotributo.
En este sentido, “al momento de realizar la adhesión, el sistema solicitará, en caso de poseer, la declaración de los datos de los integrantes del grupo familiar primario, debiendo indicarse su adhesión o no, a la Obra Social seleccionada por el titular“, agregó la comunicación.
En caso de que ya se encuentre adherido al Monotributo, podrá incorporar estos datos a través de la opción “Modificación“. Esta información ingresada será incluida en el Formulario N°184.
Por último, informaron que la Declaración Jurada de Salud, denominada “Declaración Jurada de Trabajadores Autónomos/Monotributistas que se incorporan al SIPA” se encuentra publicada en: http://www.afip.gob.ar/formularios/ . La AFIP señaló que “deberá ser descargada, completada y presentada junto con el formulario de adhesión al monotributo, ante la Anses“.
Asimismo, precisaron que los contribuyentes inscriptos en el monotributo y cuya facturación anual haya superado el límite en el que están encuadrados tienen plazo para realizar el trámite de recategorización hasta el próximo 20 de enero. El 26, en tanto, empieza a vencer la obligación de presentar una declaración informativa para las categorías más altas.
Además de los ingresos brutos, la energía eléctrica consumida en el período enero – diciembre 2014, junto con la superficie afectada al 31 de diciembre pasado y los alquileres devengados, determinarán la categoría en la cual debe encuadrarse el monotributista.
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