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Las empresas de telefonía celular deberán pagar compensaciones por mal servicio
Un nuevo reglamento reconoce a los consumidores más derechos. Además el crédito prepago durará seis meses.
(CABA) Desde el 5 de marzo, entrará en vigencia un nuevo “Reglamento de Clientes” que el Gobierno aprobó en beneficio de los usuarios de celulares y que reconoce a los consumidores ocho nuevos derechos.
Uno de los cambios de mayor impacto se relaciona con los planes prepagos. Hoy los saldos comprados se pierden si no se usan en 3, 5, 10 o hasta 30 días, según el monto y las promociones. Ese tiempo al menos se sextuplicará.
“El plazo de vigencia de cada carga de crédito no será inferior a 180 días corridos contados a partir de su acreditación“, fija la norma, aprobada por la Resolución 733-E/2017 del Ministerio de Modernización de la Nación.
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Otra novedad es que, ante cada reclamo de un cliente, la empresa estará obligada a darle una constancia escrita en papel, por email o por SMS. También deberán permitir que la persona siga online el estado de todas sus gestiones con datos actualizados sobre “el curso seguido y los plazos de respuesta”.
Si del reclamo surge que hubo un cobro indebido, la empresa ahora deberá devolver la diferencia “más sus intereses, que se calcularán a la misma tasa pactada para los casos en que el cliente incurriere en mora”, dice otra parte del reglamento, para asegurar la “reciprocidad en el trato”.
Además, obliga a los prestadores a enviar por escrito en un máximo de tres días hábiles los términos y condiciones de cualquier oferta telefónica que el cliente acepte para cambiar el plan o las condiciones de su contrato.
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En tanto, la norma prohíbe “facturar ni cobrar” servicios adicionales que “no fueren solicitados expresa e inequívocamente”.
Finalmente establece que a los usuarios les corresponderá una “compensación” si el servicio no cumple niveles mínimos de “calidad”, como la falta de señal. Aunque ese punto demorará unos meses más en regir, porque aún debe reglamentarse. NR
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