Buenos Aires, 29/03/2024, edición Nº 4153
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Expertos definirán el futuro de la orangutana del Zoo declarada persona no humana

Una jueza confirmó que Sandra es sujeto de derechos; pidió la opinión de técnicos.

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(CABA) La orangutana Sandra, que nació en Alemania y vive en el Zoo porteño hace 20 años, es una persona no humana y sujeto de derechos, y las medidas por adoptar para mejorar sus condiciones de vida deberán ser decididas por una comisión de expertos y el gobierno porteño.

Así lo determinó la jueza porteña Elena Liberatori, que hizo lugar a la acción de amparo impulsada por la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (Afada). La resolución cita a la Constitución nacional, al ex juez de la Corte Suprema Eugenio Zaffaroni y al Código Civil para argumentar y cambiar la visión antropocentrista de ver a los animales por un paradigma “ecocentrista”.

Sandra tiene 30 años, nació en Alemania y, después de haber pasado por varios lugares de encierro, llegó a Buenos Aires. Dentro del expediente judicial que reclama su liberación y traslado a una reserva, se consultó a expertos en orangutanes e incluso hubo un ofrecimiento de recibirla del santuario de Sorocaba, en Brasil. El traslado y el control veterinario correrían a cargo de las autoridades del lugar. El gobierno porteño, propietario de la orangutana, debería habilitar ese traslado.

“El fallo ratifica lo dicho por la Cámara Nacional de Casación en diciembre del año pasado. Específicamente, deja en claro que Sandra es una persona no humana y un sujeto de derechos. No implica que sea titular de todos los derechos humanos, sino de sus propios derechos, como la vida y la dignidad como ser sintiente que es”, indicó Pablo Buompadre, de Afada. “Liberatori tuvo la valentía de seguir rompiendo las estructuras estereotipadas e injustas del derecho tradicional, en un camino hacia la liberación animal que no tiene vuelta atrás”, agregó.

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La jueza citó la obra Derecho Penal. Parte General, de Zaffaroni: “Menester es reconocerle al animal el carácter de sujeto de derechos, pues los sujetos no humanos (animales) son titulares de derechos, se impone su protección en el ámbito competencial correspondiente”.

Liberatori recordó además que el Código Civil no ampara el abuso de los animales. “El interés jurídicamente protegido por la ley no es la propiedad de una persona humana o jurídica sino los animales en sí mismos, quienes son titulares de la tutela que establece frente a ciertas conductas humanas”, indicó.

El hábitat de Sandra en el Zoo porteño ya fue modificado después del fallo de la Cámara de Casación Penal que, en diciembre pasado, hizo lugar a un hábeas corpus presentado por Afada y determinó que Sandra era una persona no humana.

Al respecto, Liberatori mencionó: “El codemandado implementó por decisión propia las reformas propuestas por los expertos en el primer informe técnico. Esta conducta sin duda ha resultado positiva para Sandra -en comparación con la situación original- y lleva implícito el reconocimiento de que las condiciones en las que se encontraba eran manifiestamente inconvenientes”.

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Las siguientes mejoras, incluido su eventual traslado a un santuario, deberán ser definidas por una comisión especial compuesta por los “expertos amicus curiae Miguel Rivolta y Héctor Ferrari juntamente con Gabriel Aguado del zoológico de la ciudad”, estableció la jueza. Ellos deberán realizar un informe que “tendrá carácter vinculante” para el gobierno porteño.

Consultada, la Procuración General porteña indicó que apelará el fallo porque “carece de la fundamentación suficiente” y por los argumentos ya esgrimidos en el expediente. Había objetado la vía del amparo para el reclamo en cuestión y la legitimación de los amparistas.

“Sería muy positivo que el gobierno no lo apelara y juntos pudiésemos determinar cuál es el mejor lugar para Sandra”, indicó Andrés Gil Domínguez, patrocinante de Afada.

(Fuente: La Nación).

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