Buenos Aires, 04/12/2024, edición Nº 4403
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Barrios

Nuevo polo gastronómico: crean el Ámbito Gigena en Palermo

Estará en donde funciona un estacionamiento del Hipódromo. El plan fue aprobado por la Legislatura en primera lectura.

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(CABA) El Cuerpo Parlamentario aprobó en primera lectura un proyecto de ley presentado por el Jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, que desafecta del Distrito APH 2 Parque 3 de Febrero / UP de zonificación el polígono delimitado por las avenidas Dorrego, Coronel Marcelino E. Freyre, Del Libertador y vías del Ferrocarril Mitre en el barrio de Palermo – Comuna 14.

Ámbito Gigena” es un proyecto cuya finalidad es la creación de un espacio de usos múltiples, mediante el desarrollo de la actividad comercial, gastronómica y deportiva, y la recuperación del edificio como parte del conjunto urbano con eje en la intersección de las avenidas Dorrego, Del Libertador y Bullrich.

La preferencia que tuvo aprobación inicial, autoriza que el Poder Ejecutivo realice la concesión de uso y explotación y/o de obra pública del citado inmueble mediante los procedimientos previstos en la normativa vigente y por un plazo de 15 años prorrogables por única vez por el plazo máximo de 5 más a opción del Jefe de Gobierno.

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Según los fundamentos “en esta propuesta se ha trabajado en función de la normativa urbanística como el instrumento necesario para guiar el desarrollo urbano y social, con miras a la puesta en valor, refuncionalización y mantenimiento edilicio del inmueble en cuestión, potenciando de esta forma el uso y el disfrute del entorno urbano. Asimismo se pretende mejorar las condiciones funcionales de edificios obsoletos localizados en ámbitos de gran valor simbólico– patrimonial, generando la reconversión y renovación de espacios productivos, según criterios de coexistencia de usos que sean funcional y ambientalmente compatibles”.

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La presidente de la Comisión de Planeamiento Urbano Victoria Roldán Méndez (VJ) como miembro informante en el recinto señaló que para alcanzar el objetivo de guiar el desarrollo urbano y social se transformará lo que “hoy es un estacionamiento, un espacio cerrado con rejas; lo abrimos”.

Entre las modificaciones al proyecto original del Ejecutivo y al despacho, remarcó que “la autorización de 30 años se redujo a 15 años prorrogables por 5 más a opción del Ejecutivo”. También destacó que “el canon deberá ser convertido a Unidades de Compras de la Ley N° 2095 al momento de la adjudicación y se convertirá en moneda de curso legal al momento en que el concesionario efectúe el pago del canon, conforme lo establezcan los pliegos. Incluso es actualizado anualmente por la Ley de Presupuesto lo que hace al equilibrio y a un contrato más justo y superador”. Respecto a las condiciones, aclaró que “el concesionario deberá dedicar 1.000 metros cuadrados para equipamiento público y los fondos serán destinados a la conservación y mantenimiento de espacios públicos de la ciudad”.

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Roldán Méndez concluyó afirmando que “además de generar oportunidades para emprendedores y establecer una mixtura de usos, esta ley regularizará una situación de larga data” en alusión a que involucra el área palermitana donde actualmente se encuentran cinco playas de estacionamiento para más de 1.000 autos que utiliza el Hipódromo Argentino de Palermo SA -HAPSA en terrenos públicos de la ciudad de Buenos Aires, y es explotada gratuitamente desde el año 2002. Además, apuntó que “se derriban barreras urbanas para destinar espacio a usos múltiples de actividades, la superficie para estacionamiento será de menor porcentaje al actual y se integrará el edificio al entorno mediante un techo verde”.

El anexo a la ley delimita el Ámbito Gigena a la fracción A de la Manzana 136D, no admite la subdivisión parcelaria y “se podrá sectorizar con el objeto de delimitar concesiones o permisos de uso”.

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El perfil edificable mantendrá la altura actual. En el 35% de la terraza se admite un incremento de hasta 4 metros por sobre la altura actual, en uno o más volúmenes retirados se admite la separación de 3 metros mínimos de la línea de fachada. Se mantendrán los retiros de frente existentes sobre las avenidas Del Libertador, Dorrego y la calle Freyre que “deberán estar parquizados”.

La terraza del edificio existente deberá materializarse como techo verde según las especificaciones establecidas en la normativa de edificación” y los usos permitidos son: Comercial Minorista, excepto materiales de construcción clases II y III, pinturerías, sustancias químicas, viveros; Alimentación en general, restaurant, cantina, pizzería, grill; Bar, café, heladería, lácteos; Playa de Estacionamiento, garaje; Locales deportivos: gimnasio, excepto Club deportivo, Club Social, cultural y deportivo, Cancha de tenis, Frontón con raqueta, Paddle, Squash y Práctica de Golf, Natatorio, Tiro, polígono, club deportivo con instalaciones al aire libre, canchas de golf, fútbol 5 y mini fútbol.

Habilita Locales de lectura, Servicios Públicos, Locales de representación o exhibición, Cines, Teatros, Auditorio, Galerías de Arte, Museos, etc.; Banco, Oficinas crediticias, financieras y cooperativas, Oficina comercial, Oficina consultora. No se admitirá la afectación de la totalidad de la parcela al uso “Playa de Estacionamiento/Garaje” ni “Comercial Minorista”.

Entre otras características, “se admite la demolición parcial, para el incremento de los espacios libres en la parcela con el objeto de aportar a la valorización paisajística del Parque 3 de Febrero en tanto que no afecte la conformación integral del edificio existente. La propuesta deberá ser evaluada por la Autoridad de Aplicación. Podrán mantenerse los espacios de estacionamiento localizados en la terraza del edificio existente, hasta tanto se la materialice como techo verde”.

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Desde la oposición, durante el debate, el Bloque Peronista a través de la diputada María Rosa Muiños solicitó la reserva en secretaría -finalmente rechazada- dado que se encuentra en trámite un desalojo y una controversia judicial de carácter interjurisdiccional; en tanto, Unidad Ciudadana mediante el diputado Javier Andrade se manifestó a favor de un estudio más cuidadoso y la diputada Marta Martínez anticipó el voto en contra de AyL.

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La aprobación se produjo sobre el despacho conjunto de las Comisiones de Planeamiento Urbano y de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria con 40 votos positivos (VJ, E, GEN) y 17 negativos (UC, PS, PTS-FI, FIT, BP, AyL). Se convocará a Audiencia Pública.

Sanciones Conminatorias: Modifican Código Contencioso Administrativo y Tributario
La Legislatura modificó el artículo 30 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancio9nado mediante la Ley N° 189 referidos a las sanciones conminatorias que competen a los jueces y tribunales.

Actualmente, el artículo mencionado establece la facultad que tienen los magistrados judiciales de aplicar sanciones conminatorias en la persona del funcionario responsable de máximo nivel de conducción del organismo de la Administración Pública que ha incurrido en incumplimiento al requerimiento judicial. Atento a que la aplicación de dichas sanciones, en algunas ocasiones, pueden resultar injustas y/o arbitrarias la Comisión de Justicia elevó al Pleno un despacho argumentando que “resultaría prudente modificar este artículo a fin de que en forma rápida y ágil, el superior jerárquico pueda revisar dicha medida, a efectos de confirmarla o revocarla. En tal sentido el dictamen en consideración propone que la aplicación de sanciones conminatorias a funcionarios públicos tenga efectos suspensivos hasta que la resolución judicial quede firme”.

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“Considerando la urgencia que dichas mandas normalmente contienen, se otorga un plazo perentorio de cinco (5) días hábiles para que el Tribunal de Alzada resuelva mantener o revocar el auto que impone la sanción” se afirmó en los fundamentos. “En virtud de lo expuesto el presente dictamen procura optimizar el sistema de aplicación de sanciones conminatorias, velando para que sea más efectivo y eficiente el cumplimiento de sentencias judiciales ordenadas a la Administración Pública local”.

El artículo 30 “Sanciones conminatorias” del capítulo II – Deberes y Facultades de los Jueces/as, del Título II – Reglas Procesales, del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Anexo A- Ley N° 189- (Texto consolidado por Ley 5666), quedó redactado de la siguiente forma:

“Los/las jueces/zas y tribunales pueden imponer sanciones pecuniarias compulsivas y progresivas tendientes a que las partes cumplan sus mandatos cuyo importe es a favor del/la titular del derecho afectado por el incumplimiento.

“Pueden aplicarse sanciones conminatorias a terceros, en los casos en que la ley lo establece.
“Las condenas se gradúan en proporción al caudal económico de quien deba satisfacerlas y pueden ser dejadas sin efecto, o ser objeto de reajuste, si aquél desiste de su resistencia y justifica total o parcialmente su proceder.

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“Cuando el incumplimiento del mandato sea imputable a una autoridad administrativa, el tribunal puede disponer que las sanciones se hagan efectivas en la persona del funcionario responsable del máximo nivel de conducción del organismo que ha incurrido en incumplimiento. En tal caso, ejecutado que sea y sólo para el caso de comprobada imposibilidad de pago, pueden satisfacerse a través del sujeto de derecho estatal.

“En el supuesto de que la sanción conminatoria sea aplicada a un funcionario estatal, la misma resultará apelable con efecto suspensivo hasta que el Tribunal de Alzada resuelva el recurso referente a la imposición de sanciones dentro de los cinco (5) días hábiles de recibido el expediente a estudio.”

El proyecto convertido hoy en ley fue impulsado por los diputados Daniel Presti, José Luis Acevedo, Ariel Álvarez Palma, Claudio Cingolani, Maximiliano Ferraro, Agustín Forchieri, Diego García De García Vilas, Victoria Roldán Méndez y Francisco Quintana (VJ). La votación resultó de 38 positivos (VJ y E) y 20 negativos (UC, PS, AyL, BP, GEN, PTS-FI).

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Nombre a escuela infantil de Comuna 10
En primera lectura se aprobó imponer el nombre de “Manuel Rocca” a la Escuela Infantil N° 5 – Distrito Escolar 18, situado en la calle Arregui 4430 –Comuna 10– integrada por los barrios de Villa Real, Monte Castro, Versalles, Floresta, Vélez Sarsfield y Villa Luro. La denominación fue resultado de una votación que efectuó la comunidad educativa y el Jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, recogió en un proyecto que envió a la Legislatura.

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Manuel Rocca fue un emigrante de origen humilde que logró a través de su trabajo, labrarse una posición solida económica. A su muerte y por disposición propia detallada en su testamento, donó dinero y algo más de dos hectáreas para que se construya un hospital y una escuela para niños de bajos recursos. En la actualidad se encuentran en esos solares el “Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca” y el “Instituto de Recuperación y Clasificación de Menores”.

Personalidades destacadas en Cultura y Ciencias Jurídicas
El Cuerpo Parlamentario distinguió este jueves a cinco nuevas Personalidades destacadas en el ámbito de la cultura. Se trata de la especialista en filosofía y literatura Martha Edith Candioti, miembro de la Asociación Argentina de Arte Plástica -AAGA- por iniciativa de Roberto Salcedo haciéndola propia el diputado Ariel Álvarez Palma (VJ).

También Fernando Goin, artista visual que realizó sus estudios de Diseño Industrial en la UBA y de Artes Visuales en la Escuela Nacional de Bellas Artes Prilidiano Pueyrredón donde es docente, en este caso el proyecto es autoría de la diputada María Andrea Conde (UC).

El actor Diego César Topa por iniciativa del diputado Leandro Santoro (UC) y el escultor Carlos Alberto Benavidez presentado por los diputados Daniel Eduardo Del Sol y Paola Vanesa Michielotto (VJ) fueron otros de los artistas distinguidos junto a Horacio Becker – conocido artísticamente como “Rulito” – actor, animador, clown, cantante y titiritero en espectáculos y eventos infantiles que promovieron los legisladores Jian Ping Yuan, María Luisa Estevarena y Eduardo Antonio Santamarina (VJ).

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En tanto en el campo de las Ciencias Jurídicas fue destacado el profesor y abogado especialista en Derecho Civil y Comercial Julio César Rivera, que impulsaron los diputados Daniel Del Sol, Mercedes De Las Casas, Natalia Fidel, María Luisa González Estevarena, Paola Michielotto, Hernán Reyes, Eduardo Santamarina y Guillermo Suárez (VJ). Unidad Ciudadana se opuso. NR

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