Política
No se podrá despedir ni suspender a trabajadores por 60 días
El Gobierno lo prohibió mediante un decreto. Quedarán sin efecto las destituciones sin causa, por fuerza mayor o por disminución del trabajo.

(CABA-PBA) A través de un DNU del 31 de marzo, el presidente Alberto Fernández prohibió los despidos y suspensiones sin causa por 60 días, en el marco de la “emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social” por el coronavirus.
“Prohíbense los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de sesenta (60) días contados a partir de la fecha de publicación del presente decreto en el Boletín Oficial”, dice el Decreto de Necesidad y Urgencia 329/2020.
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La medida, informó Clarín, se agregó a última hora del martes al Boletín. En ella se declara “indispensable garantizar la conservación de los puestos de trabajo por un plazo razonable, en aras de preservar la paz social”.
El Gobierno explica en el decreto que los despidos en estos momentos empeorarían aún más la situación y “los problemas que el aislamiento social, preventivo y obligatorio procura remediar”.
A su vez, la norma contempla dejar sin validez “los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto” y añade que “no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales”.
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Esta decisión del Gobierno se produce días después de que el presidente Alberto Fernández se enfrentara a los empresarios y les advirtiera que era “hora de ganar menos”, ya que ante una “semejante crisis” no se podía despojar a nadie de su trabajo.
Asimismo, advirtió de que sería “duro” con aquellos que despidieran a sus trabajadores y con quienes rompiesen “el acuerdo de precios máximos” o especulasen para beneficiarse en este “momento de extrema necesidad”.
Argentina tiene hasta el momento 1054 casos positivos de coronavirus y 27 muertos. NR

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