Buenos Aires, 18/04/2024, edición Nº 4173
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Monotributistas: la semana próxima vence el plazo para recategorizarse

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El vecimiento alcanza a aquellos que hayan modificado el nivel de facturación, de acuerdo a las categorías establecidas por la Administración Federal de Ingresos Públicos.

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(Ciudad de Buenos Aires) La recategorización vence el 21 de enero y, quienes están encuadrados en las categorías F o superiores, deberán realizar una declaración informativa debe realizarse del 24 al 30, según la terminación de la CUIT. La primera cuota modificada debe pagarse en febrero.

A la finalización de cada cuatrimestre calendario, el pequeño contribuyente deberá calcular los ingresos acumulados y la energía eléctrica consumida en los doce (12) meses inmediatos anteriores, así como la superficie afectada a la actividad en ese momento.

Cuando dichos parámetros superen o sean inferiores a los límites de su categoría actual deberá recategorizarse en la categoría que le corresponda.

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Los ingresos brutos y la energía eléctrica consumida, correspondientesa los últimos DOCE (12) meses a la finalización de cada cuatrimestre calendario, determinarán juntamente con la superficie afectada a la actividad a esa fecha, la categoría en la cual el responsable debe encuadrarse conforme a la actividad desarrollada.

No están obligados a cumplir con la Recategorización en Monotributo:

a) Los responsables que deban permanecer en la misma categoría del Régimen Simplificado (RS).

b) Los responsables que desde el mes de inicio de actividad, inclusive, hasta la fecha de recategorización no haya transcurrido un cuatrimestre calendario completo. Debiendo en este caso seguir el procedimiento dispuesto para el caso de inicio de actividad.

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