Transporte
La Justicia puso un tope de 28% en el aumento de peajes de las autopistas porteñas
El fallo no convalidó las subas, que en algunos casos habían llegado al 80%. Según el mismo, los precios deben ser “justos y razonables”.
(CABA) La Justicia de la Ciudad de Buenos Aires estableció un tope de 28% en el aumento de peajes de las autopistas porteñas ante el incumplimiento de la medida cautelar dictada en julio en la que se ordenó a Autopistas Urbanas SA presentar un nuevo cuadro tarifario con incrementos “justos y razonables“. Según trascendió, el cuadro tarifario con los costos más bajos comenzará a regir desde el sábado, y la medida será apelada.
La medida rige para todas las autopistas porteñas: la Illia, la 25 de Mayo y la Perito Moreno, que en febrero pasado habían dispuesto subas de hasta 83 por ciento en horas pico. Según se informó, en el marco de una acción de amparo en la cual se cuestiona el nuevo cuadro tarifario dispuesto en febrero de 2017 para las autopistas porteñas, la jueza Elena Liberatori, titular del juzgado N 4 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, resolvió “tener por incumplida la medida cautelar dictada” el pasado 4 de julio.
Liberatori dispuso “la suspensión parcial del aumento fijado en el cuadro tarifado dispuesto en el Decreto 72/2017” y ordenó la readecuación de la tarifa de acuerdo con un criterio justo y razonable a fin de “evitar un perjuicio irreparable en el patrimonio de los usuarios de la red de autopistas”.
La jueza dispuso ahora que “el tope de aumento tarifario” en un 28,8 por ciento interanual, de acuerdo con el cuadro propuesto por los legisladores del FPV Andrea Conde y José Cruz Campagnoli, impulsores de la acción de amparo.
Según se desprende de la resolución, las modificaciones propuestas por AUSA “arrojan una baja estimada del 6,66 por ciento, que resulta a todas luces irrelevante, irrisoria y por ende, manifiestamente insuficiente para dar cabal cumplimiento a la medida cautelar dispuesta”.
Según informó el portal de noticias del Consejo de la Magistratura porteño, Liberatori analizó el nuevo cuadro tarifario presentado al tribunal por AUSA, el cual únicamente “otorgaría un descuento adicional de 15 por ciento para taxis, para combis y para pesados”, modificando el incremento tarifario del 53 por ciento a un “ponderado de la tarifa anual al 46,44 por ciento”.”AUSA no tuvo en cuenta al momento de formular el cuadro requerido en la medida cautelar, ninguno de los defectos apuntados por el Tribunal, es decir no excluyó los conceptos excluidos del art. 8 de la ley 3060, no se justificó la variación interanual del GAMO (Gastos de Administración y Mantenimiento Ordinarios) como fue requerido ni presentó el índice inflacionario referido a los costos específicos de la empresa, a los efectos de respaldar sus dichos“, sostuvo la magistrada.
“Por el contrario, AUSA arguye que se han dado cambios fácticos que influyen sobre la ecuación económico financiera de la concesión, entre ellos una merma del tránsito vehicular, un incremento en costos adicionales en seguridad privada y policía y una probable ampliación de la negociación paritaria. Pero son sus propios dichos los que permiten concluir que el aumento originalmente implementado, no tenía como fin la recomposición tarifaria, sino un incremento en términos reales, cuyo excedente permitió aumentar los gastos de la concesionaria (comprendidos en el GAMO) con el sobrante existente de la misma recaudación”, afirmó.
Finalmente, la jueza aclaró que “en caso de requerirse redondeo en el supuesto de pago manual, deberá realizarse de conformidad con la ley 22.802 (a favor del usuario)”.
Definió que lo dispuesto “tampoco autorizará incumplimiento alguno del tope previsto en el art. 5 de la ley 3060”, que expresa que “Autopistas Urbanas S.A. no puede erogar más del cuarenta (40) por ciento de sus ingresos a los fines de atender los gastos de administración y mantenimiento ordinario de las obras existentes”. NR
Fuente consultada: Clarín
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