Buenos Aires, 28/03/2024, edición Nº 4152
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Barrios

Autorizan construir el estacionamiento bajo el Parque Las Heras

La Cámara de Apelaciones porteña revocó una sentencia previa que había declarado inviable al polémico proyecto en el parque de Palermo.

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(CABA) La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad dio vía libre a la construcción de un polémico proyecto de estacionamiento subterráneo en el parque Las Heras, en Palermo. La iniciativa había sido declarada inviable en una sentencia de primera instancia que, ahora, quedó sin efecto.

Los camaristas Esteban Centanaro y Fernando Juan Lima afirmaron que la discusión sobre la viabilidad o no del proyecto se centraba en dos puntos: la supervivencia de las especies de árboles que estarían implicadas en la construcción de la playa de estacionamiento y la preservación del patrimonio arqueológico que existiría bajo la superficie del parque, donde antes funcionó la Petinenciaria Nacional. Respecto al primer punto, expresaron que el Gobierno porteño “no habría desatendido las obligaciones que le incumbían en relación con la preservación del arbolado del parque” y que “no advirtieron la configuración de una actitud, activa u omisiva, que importe ilegalidad o arbitrariedad manifiesta”. En tanto que, sobre el segundo punto, dijeron que “la adjudicataria de la obra se obligó a garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en relación con la protección del patrimonio histórico, cultural, arqueológico y paleontológico; ante el eventual hallazgo de elemento con valor patrimonial”.

“Si el plexo constitucional y legal no brindase otra alternativa más que la de asegurar, en forma total y absoluta, la supervivencia de todos los ejemplares integrantes del arbolado público urbano eventualmente afectados por una obra pública, ello se traduciría, en los hechos, en la directa imposibilidad de realizar, si no todos, al menos gran cantidad de proyectos. Sin embargo, como se ha visto, la ley aplicable fija, precisamente, otras pautas y, entre ellas, no figura ninguna en esos rígidos términos, sino, en definitiva, las obligaciones de controlar, proteger y, en su caso, reparar”, sumaron. Y en lo relativo al patrimonio arqueológico, resaltaron que la ley N°2.468 “no estableció una zona arqueológica en el parque, sino que lo declaró sitio histórico”, por lo que “resultan inadmisibles las formulaciones expuestas en la demanda” de los vecinos para asegurar la intangibilidad, en forma absoluta, de los restos de la ex Penitenciaría Nacional, inaugurada en mayo de 1877 y demolida en 1962.

En la sentencia, además de revocar lo dispuesto en primera instancia, se ordenó que “las especies de árboles que se removiesen sean trasplantadas en forma inmediata, sin sufrir un doble trasplante (primero a un vivero, más tarde a su lugar definitivo), dado que eso afectaría su supervivencia”.

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La sentencia revocada había sido dictada en agosto de 2014 por la jueza Patricia López Vergara, haciendo lugar al amparo impulsado en 2010 por varios vecinos de Palermo, quienes reclamaban que la obra cuestionada ponía en riesgo la supervivencia de 133 árboles y el patrimonio arqueológico urbano.

Según el plan presentado en forma original por el Ministerio de Desarrollo Urbano, el estacionamiento se extenderá debajo de 1,2 de las 7,9 hectáreas del parque. Y afectará a 147 de los 717 árboles existentes. No bien trascendió la noticia, el proyecto que desde un principio no fue bien recibido por un grupo de vecinos, aunque sí por otros, volvió a despertar críticas.
parque las heras cochera
Fuente: Ijudicial

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