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Legislatura Porteña: Eximen pagos de cuotas impositivas a Gimnasios, Natatorios y Actividades Culturales
La Legislatura aprobó tres leyes destinadas a aliviar la carga fiscal sobre sectores cuyas actividades se ven restringidas como consecuencia de la emergencia sanitaria. En este caso abarca a los rubros de gimnasios, natatorios, guías de turismo, salones de fiestas o convenciones, cines, teatros, centros culturales. Los beneficios están referidos a las tasas de ABL, Impuesto Inmobiliario y anticipos de Impuesto a los Ingresos Brutos

La Legislatura aprobó tres leyes destinadas a aliviar la carga fiscal sobre sectores cuyas actividades se ven restringidas como consecuencia de la emergencia sanitaria. En este caso abarca a los rubros de gimnasios, natatorios, guías de turismo, salones de fiestas o convenciones, cines, teatros, centros culturales. Los beneficios están referidos a las tasas de ABL, Impuesto Inmobiliario y anticipos de Impuesto a los Ingresos Brutos.
Las actividades en gimnasios, natatorios y afines quedan libradas de la obligación de pagar los anticipos de Impuestos a los Ingresos Brutos correspondiente a los meses de junio y julio de 2021, según la norma aprobada en la Legislatura de la CABA en base a proyectos de VJ y FdT. Se trata de los rubros que figuran como “Servicios de Acondicionamiento Físico” y “Explotación de actividades deportivas” (códigos 931050 y 931020 en el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación). También regirá esta excepción para los guías de turismo que estén debidamente registrados.
Gimnasios y similares también gozarán de la liberación del pago de las cuotas de junio y julio de Impuesto Inmobiliario y tasa de ABL. Quienes ya hayan abonado los anticipos de IIBB o hayan efectuado el pago anual de II y ABL, serán compensados con un crédito fiscal equivalente.
Se mantiene para todos los casos la obligación de presentar las declaraciones juradas y demás formalidades establecidas.
Otro sector comprendido en los paliativos fiscales es el de las actividades culturales, mediante una ley propiciada por el diputado Roy Cortina (PS). Incluye a cines, teatros, locales bailable clase C, centros culturales y academias de danzas.
En este caso, el beneficio es la exención de Inmobiliario y ABL correspondientes a junio, julio y agosto de 2021. Al efecto, deberán estar habilitados o autorizados para los rubros pertinentes o estar inscriptos en IIBB en los casos que correspondiere. También se otorgará crédito fiscal equivalente para los supuestos de pago anual ya realizados.
El tercer grupo de actividades abarcado por las normas paliativas que votó la Legislatura porteña es el de salones de fiestas, convenciones y eventos. Los promotores de tal iniciativa fueron Martín Ocampo (UCR) y Diego García Vilas (VJ).
No tendrán obligación de pagar Inmobiliario y ABL de junio, julio y agosto y rigen similares requisitos y disposiciones que en los demás casos.
“En este contexto desfavorable resulta muy importante que desde el Estado se escuche y acompañe con políticas concretas de incentivo mientras se avanza en la vacunación. Cabe destacar que con la aprobación de estos proyectos llevamos hasta ahora once medidas de apoyo a los sectores que más esfuerzo hicieron para sostener la actividad y el empleo”, sostuvo el vicepresidente de la Legislatura Agustín Forchieri (VJ).
Cuantificó Forchieri que,“estimativamente, esta ayuda llegará a 950 gimnasios, 100 salones de fiesta, 650 inmuebles del sector cultural, 1.700 contribuyentes en total.”
Las tres leyes fiscales obtuvieron la unanimidad de 52 votos positivos y se abstuvieron de votar 4 legisladores de izquierda.

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