Buenos Aires, 05/03/2026, edición Nº 4859

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Arba duplicó los montos de ingresos brutos

ARBA releva a PyMEs de la obligación de actuar como agentes de recaudación

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(CABA) Determinan para ciertos contribuyentes la obligatoriedad de ejercer como agentes de recaudación del fisco, en una medida que abarca al 30 % de los agentes de recaudación y alcanza a pequeñas y medianas empresas, las que se beneficiarán así con una sensible reducción de costos en su estructura administrativa.

De acuerdo a las pautas que regían desde 2010, el fisco provincial establecía que se encontraban obligadas a actuar como agentes de percepción y retención las empresas que hubieran obtenido durante el año calendario anterior ingresos brutos operativos (gravados, no gravados y exentos) superiores a $ 10 millones. En el caso de los expendedores de combustibles líquidos, derivados del petróleo, el monto era de $ 12 millones y, para quienes realizaban operaciones de venta de cosas muebles, el mínimo se fijaba en $ 5 millones.

A partir de ahora, con el incremento de los límites resuelto por ARBA, en el primero de los casos se estableció un monto de $ 20 millones. En tanto, para los expendedores de combustible, lo subió a $ 30 millones y, para la venta de cosas muebles, fue situado en $ 10 millones. FB

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