Buenos Aires, 02/03/2026, edición Nº 4856

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Deudores previsionales podrán solicitar créditos en entidades bancarias

La AFIP estableció que podrán hacerlo a condición de afectar total o parcialmente el dinero solicitado a la cancelación de las sumas adeudadas.

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(CABA) La Administración Federal de Ingresos Públicos estableció que aquellos empleadores que posean deudas previsionales podrán solicitar créditos en entidades bancarias, a condición de afectar total o parcialmente el dinero solicitado a la cancelación de las sumas adeudadas ante la AFIP.

El organismo dispuso esta norma, que entrará en vigencia a partir del 9 de octubre, a través de la Resolución General N°4128 publicada ayer en el Boletín Oficial.

Antes de aprobar un crédito, las entidades financieras podrán ingresar en la página web de la AFIP (www.afip.gov.ar) con clave fiscal al servicio “Consulta para entidades financieras de deudores previsionales”, a fin de verificar la existencia o no de deudas previsionales, y notificar al ciudadano, en caso de poseerlas. NR

Fuente consultada: Télam

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