Buenos Aires, 15/10/2024, edición Nº 4353
Connect with us

Sociedad

Avanza en la Legislatura la exención del ABL para jubilados y personas con discapacidad

La diputada Magdalena Tiesso, del Frente Para la Victoria, propone modificar el Código Fiscal de la Ciudad, a fin de que se amplíe el número de beneficiarios.

Published

on

(CABA) la legisladora porteña María Magdalena Tiesso (Frente para la Victoria) presentó un proyecto que modifica los requisitos para la exención de ABL y Renta inmobiliaria para jubilados y personas con discapacidad.

La iniciativa consiste en una modificación del Código Fiscal de la Ciudad, en el capítulo de las exenciones. El inciso que se pretende eliminar con este proyecto es el que limita la exención a aquellos inmuebles que no superen la valuación fiscal según la ley tarifaria que cada año actualiza la Legislatura.

“Esta limitación es injusta, teniendo en cuenta que estos grupos sociales con dificultades especificas no viven de la valuación fiscal, esto no forma parte del ingreso mensual, es tan solo el patrimonio que lograron obtener fruto del esfuerzo y el trabajo”, aseguró la diputada.

Los jubilados y pensionados tienen cinco requisitos entre los cuales se encuentran no cobrar más de dos jubilaciones o salarios mínimos, habitar la vivienda y no poseer ningún otro dominio o condominio a nombre del propietario, y que la valuación fiscal no supere el importe en la ley tarifaria, este último es el que se pretende eliminar.

Advertisement

La valuación fiscal se mide por el valor del metro cuadrado fijado por el mercado inmobiliario, relacionado a las condiciones geográficas, características del barrio, comodidades de acceso a ciertos servicios, cercanía a los centros comerciales, en torno al inmueble.

“De ninguna forma estas características son la forma de medir la necesidad de un jubilado, pensionado o una persona con capacidades diferentes, distinto es el tope de dos salarios mínimos que lo vemos como un requisito socioeconómico justo”, expresó Tiesso.

Con esta modificación, se verían incluidos a la exención un número importante de jubilados, pensionados y discapacitados que hoy deben afrontar el pago de estos dos impuestos.

S.C.

Advertisement
Advertisement

Más leídas

Propietario y Editor Responsable: Juan Braña
Director Periodístico: Roberto D´Anna
Domicilio Legal: Pedernera 772
CP: 1407
Ciudad de Buenos Aires
Teléfono de contacto: 153 600 6906
Registro DNDA Nº: RE-2020-52309475-APN-DNDA#MJ


contador de visitas gratis