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Tragedia de Costa Salguero: proponen crear una Comisión Investigadora
El legislador porteño, Gustavo Vera, presentó un proyecto de ley para crear una Comisión Investigadora que investigue las responsabilidades del Gobierno porteño en la fiesta electrónica

(CABA) El legislador porteño de Bien Común, el partido de la Alameda, Gustavo Vera, hace horas presentó un proyecto de ley para crear una Comisión Investigadora en la Legislatura porteña, que investigue las responsabilidades del Gobierno porteño en la fiesta electrónica en Costa Salguero que terminó con cinco muertos y una decena de internados de gravedad por consumo de éxtasis.
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1°.- Creación.- Crease en el ámbito del Poder Legislativo, en los términos del artículo 83 inciso 3° de la Constitución de la Ciudad, la Comisión Investigadora de los hechos ocurridos el día 15/04/2016 en el evento conocido como “Time Warp” que se realizó dentro del predio “Costa Salguero”
Art. 2°.- Objeto: La Comisión Investigadora de los hechos ocurridos el 15//04/2016 en el evento conocido como “Time Warp”, en adelante la Comisión, tiene como función investigar en el marco de su competencia la responsabilidad que les puede caber a autoridades, funcionarios y empleados del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Bs.As. en los hechos ocurridos en el evento conocido como “Warp Time” el 15/04/2016.
Para la realización de la investigación la Comisión cuenta con las más amplias facultades y puede solicitar al cuerpo y a las Comisiones las medidas necesarias para hacer conducente su cometido.
Sus reuniones se harán de conformidad con lo normado en el artículo 147 Reglamento de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 3°.-Integración de la Comisión Investigadora.- La Comisión esta integrada por quince (15) diputados que serán elegidos, en los términos del artículo 83 inciso 3° de la Constitución de la Ciudad, respetando la representación de los partidos políticos u las alianzas. La Comisión elegirá de su seno un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario.
Art. 4°.-Plazo.- La Comisión dictará su Reglamento dentro de los diez (10) días de constituida y tendrá un plazo de ciento veinte (120) días corridos para realizar el informe definitivo.
Art. 5°.- Informe Final.- La Comisión expresa las conclusiones a que arribe mediante el dictado de recomendaciones, informándole las conclusiones al Poder Ejecutivo, Judicial y Legislativo.
Art. 6°.- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
«Sr. Presidente:
Tras la tragedia de la muerte de cinco (5) jóvenes en la fiesta electrónica denominada Time Warp, que se realizó en los predios conocidos como “Costa Salguero”, más precisamente en los pabellones 2,3 y 5, resulta imprescindible que esta Legislatura tenga acceso a información detallada y oportuna a fin de analizar las responsabilidades tanto de la empresa organizadora como de funcionarios públicos de la Ciudad.
Es por lo expuesto que solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley.» NT
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