Buenos Aires, 20/04/2024, edición Nº 4175
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Política

Legisladores califican de “ejemplar” el fallo de Vergara sobre aborto no punible

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Legisladores porteños opositores al PRO celebraron hoy el fallo “ejemplar” de la justicia porteña que dejó sin efecto algunas normas del protocolo médico dispuesto por el Ministerio de Salud de la ciudad para los casos de abortos no punibles y pidieron al jefe de Gobierno, Mauricio Macri, que “no apele” la resolución.

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(Ciudad de Buenos Aires) La jueza porteña Patricia López Vergara dictó el jueves una medida cautelar que impide al gobierno porteño establecer “obstáculos para el acceso al aborto en los casos de peligro para la vida o la salud de la mujer, cuando el embarazo es consecuencia de una violación, o en supuestos de atentado al pudor de una mujer con padecimientos mentales”, precisó el Ministerio Público Tutelar de la ciudad.

El fallo invalida diversos artículos de la Resolución firmada por el ex ministro de Salud Jorge Lemus que quedó vigente luego de que Macri vetara la ley que regulaba el procedimiento para la atención integral de los abortos no punibles en la Ciudad sancionada por la legislatura, entre ellos el límite de 12 semanas de gestación que imponía la Resolución para llevar adelante las prácticas

Por su parte, la presidenta de la Comisión de Mujer Infancia Adolescencia y Juventud de la Legislatura porteña, María Elena Naddeo, sostuvo que la resolución es “muy importante y positivo” y pidió al jefe de gobierno porteño que “no apele este fallo, seria redundancia procesal”.

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“La jueza lo considera excesivo en su reglamentación y solicita se elimine en los hospitales el Comité interdisciplinario, la autorización del director del Hospital, se reconozca el consentimiento de las jóvenes mayores de catorce años, y que la fecha tope para practicar el aborto la establezca el medico de acuerdo a su criterio profesional”, explicó.
Además, la legisladora indicó que se buscará “que se organice rápidamente el registro de objetores de conciencia” y según el fallo, los profesionales deben ejercer su objeción “dentro de los 30 días”.

“La jueza López Vergara se basa claramente en el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y en los lineamientos de la ley recientemente vetada por Mauricio Macri”, manifestó.

En este sentido también se pronunció el diputado Jorge Selser quien sostuvo que el fallo “restablece los derechos de la mujer contemplados en el Código Penal y la interpretación realizada por la Corte Suprema de Justicia el pasado 13 de marzo” y que “cumple con los objetivos de la Ley sancionada en la Legislatura el 27 de septiembre y vetada luego por el Jefe de Gobierno, Mauricio Macri”. (DyN)

 

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