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En medio de la pandemia, la ANMAT prohibió la venta del alcohol en gel marca “Progel”
Además dispuso las prohibiciones de dos marcas de harina de trigo y una de salame picado grueso.
(CABA) La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió una marca de alcohol en gel, en medio de la pandemia por coronavirus. Además, el organismo advirtió sobre dos marcas de comestibles: una de harina y otra de salames.
En los últimos meses, la ANMAT ya había ordenado medidas contra marcas de alcohol y de alcohol en gel, por diferentes irregularidades. Este miércoles, a través de una disposición aparecida en el Boletín Oficial, incorporó una nueva empresa.
La entidad prohibió el uso y la comercialización del producto “PROGEL Alcohol en gel- Chemical GMD- Industria Argentina- Uso profesional: producto neutro especialmente formulado para ser utilizado en la desinfección de manos. Chemical San SRL Oficinas: Thames 2895- Boulogne-Buenos Aires- Tel (011) 4700-1166/ 4708-9559/ 4708-0975. RNE: 020034550″.
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La orden afecta a todas las presentaciones y contenidos netos del producto.
La ANMAT calificó al producto como “ilegítimo”, ya que su rótulo contiene información no veraz. “Se desconoce su origen y efectiva composición, y por ello no puede garantizarse su calidad, seguridad y eficacia”, añadió el organismo.
“Por lo antes dicho y teniendo en cuenta el contexto actual con respecto al uso que se da a este tipo de productos el cual está destinado a la higiene y sanitización de manos, la situación resulta en un riesgo para la salud de la población”, advirtió la Administración.
En otras disposiciones, la entidad prohibió la comercialización de una marca de harina de trigo y una de salames.
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Se trata, en primer lugar, de la “Harina de trigo tipo 000 marca Guapa, Alimentos Paberfra SA, parcela 33 de la fracción I, Parque Industrial Pergamino, RNE, N° 02-0333.789, RNPA N° 02-50002″ y de la “Harina de trigo tipo 000 marca Bonita, Alimentos Paberfra SA, parcela 33 de la fracción I, Parque Industrial Pergamino, RNE, N° 02-0333.789, RNPA N° 02-50002″.
La medida se debe a que la empresa carece de “registros de establecimiento y de producto”, tiene “productos alimenticios fuera de establecimientos habilitados” y, además, los producutos se encuentran “falsamente rotulados al consignar el registro de establecimiento de otra razón social”.
El otro comestible cuya comercialización quedó prohibida es el “Salame picado grueso, marca La Técnica, elaborado por Claudio Pérez, RNE Nº21-024237, RNPA Nº 21-0656526”. La medida se extiende a “todo producto en cuyo rótulo se indique el RNE N° 21-024237 y RNPA N° 21-0656526”.
En este caso, la firma “carece de autorización de establecimiento, de producto y por estar falsamente rotulado al declarar números de registro inexistentes”. NR
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