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Dio a conocer las fechas que corresponden al IVA, Ganancias, Bienes Personales, impuesto al cheque e internos, entre otros gravámenes.
(PBA) Como todos los años, la Administración Federal de Ingresos Públicos precisó las fechas de vencimiento general de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social para el año calendario 2016.
La medida fue dispuesta por la Resolución General Nº 3820 (B.O. del 21/12/2015). Entre las principales modificaciones podemos citar las siguientes:
a) Trabajadores autónomos: Para el año 2016 se establece que los vencimientos comenzarán a operar para el CUIT terminado en 0 y 1 el día 4 de cada mes, en lugar del día 3, como ocurría años anteriores.
b) I.V.A.: Se establece que el vencimiento del IVA para los meses de febrero, marzo y junio de 2016 comenzará a operar el día 17 (CUIT terminados en 0 y 1). A continuación, detallamos los principales vencimientos:
A continuación, detallamos los principales vencimientos: Impuesto a las ganancias:
a) Declaración jurada anual del impuesto a las ganancias. Sociedades, empresas o explotaciones unipersonales que confeccionen balances comerciales. Cierre de ejercicio diciembre:

b) Personas físicas y sucesiones indivisas:

c) Personas físicas y sucesiones indivisas, que tengan participación en sociedades que no coticen en bolsa y que cierren ejercicio el 31/12/2015:

Impuesto sobre los bienes personales:
a) Responsables domiciliados en el país. Responsables sustitutos:
b) Personas físicas y sucesiones indivisas, que tengan participación en sociedades que no coticen en bolsa y que cierren ejercicio el 31/12/2015:

c) Bienes personales acciones y participaciones societarias:

Impuesto a la ganancia mínima presunta
a) Sociedades. Personas físicas titulares de inmuebles rurales o explotaciones unipersonales que cierren ejercicio el 31 de diciembre:

Participaciones societarias. Régimen de Información (Resolución General Nº 3293 – ex Resolución General Nº 4120):

Trabajadores autónomos:

NR