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Alejandro Amor reclamó la ampliación de la tarifa social para las entidades de bien público
Solicitó que “se suspenda inmediatamente la emisión de facturas con tarifa plena para estas entidades” tras el aumento del agua, la electricidad y el gas.

(CABA) El Defensor del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, Alejandro Amor, reclamó al Ministerio de Energía de la Nación la ampliación de la tarifa social para las entidades de bien público, tras el aumento en las tarifas de agua, electricidad y gas.
Mediante un oficio emitido el viernes y comunicado hoy, Amor reclamó al titular de la cartera energética, Juan José Aranguren, que se tomen las medidas necesarias para ampliar la tarifa social de modo tal que alcance a los clubes de barrio y a las entidades de bien público en general.
Esta entidades, “tras el aumento de la tarifa del servicio público esencial de luz, recibieron incrementos exorbitantes que ponen en serio riesgo la continuidad de sus actividades”, informó la Defensoría en un comunicado.
Amor solicitó además que “se suspenda inmediatamente la emisión de facturas con tarifa plena para estas entidades; que se ordene a las empresas distribuidoras de servicios públicos que se abstengan de efectuar cortes del suministro por falta de pago a estas entidades; que se instruya a las empresas concesionarias y a los entes reguladores a efectuar las refacturaciones que resulten necesarias y las compensaciones correspondientes, y que se realice la debida publicidad a lo peticionado en los puntos precedentes”.
El pedido surgió después de la reunión realizada hace una semana entre el defensor y los representantes de más de 60 clubes de barrio, quienes expresaron su malestar y angustia por los aumentos registrados en las tarifas, así como por la falta de respuesta e implementación de los beneficios tarifarios previstos en la ley.
En este sentido, la Defensoría recordó que la ley 27.098 estableció un Régimen de Promoción para los Clubes de Barrio y de Pueblo, que contempla que las entidades alcanzadas (inscriptas en el Registro Nacional de Clubes de Barrio y de Pueblo) serán beneficiarias de una tarifa social básica de servicios públicos.
Por otra parte, mediante la ley 27.218 se creó el Régimen Tarifario Específico para Entidades de Bien Público -que incluye a los clubes de barrio y de pueblo- y que prevé un tratamiento particular para las entidades de bien público en relación con el precio que éstas deben pagar por los servicios públicos, teniendo en cuenta la naturaleza específica de estas personas jurídicas que no persiguen fines de lucro y tienen por principal objeto el bien común. NR

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