Buenos Aires, 16/04/2024, edición Nº 4171
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Protocolo nacional de aborto no punible: se adhiere la Provincia de Buenos Aires

La resolución del Ministerio de Salud pone fin a los obstáculos de la antigua normativa, además de incorporar avances respecto de jóvenes y niñas

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(PBA) Mediante una resolución que lleva la firma de la ministra de Salud bonaerense, Zulma Ortiz, la Provincia de Buenos Aires adhirió al “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo” elaborado por el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable del Ministerio de Salud de Nación en abril de 2015, eliminando los obstáculos que imponía la normativa provincial anterior, de 2012.

La resolución 2095/2016 -que será publicada en el Boletín Oficial bonaerense esta semana- dispone que el protocolo nacional para abortos no punibles sea de “aplicación obligatoria” en la red sanitaria provincial, dejando sin efecto la resolución 3146/2012, algo que fue calificado como “un paso adelante” por Amnistía Internacional por considerar que la vieja disposición “incorporaba obstáculos al acceso al aborto legal”. Además, la nueva normativa actualiza y adecúa el protocolo al régimen del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, transformando a Buenos Aires en la octava jurisdicción en adecuarse a los estándares establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo F.A.L. de 2012, detrás de Chaco, Chubut, Jujuy, La Rioja, Misiones, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra del Fuego.

“La iniciativa de la Provincia es un paso adelante en el ejercicio de los derechos sexual y reproductivos de las mujeres y niñas. Es imprescindible que los servicios y efectores de salud renueven su compromiso con la vida y la salud de las mujeres. La prevención de abortos inseguros y la consecuente mortalidad materna es una condición necesaria para toda política de estado respetuosa de los derechos humanos”, indicó Mariela Belski, directora de Amnistía Internacional Argentina.

Junto a la adhesión, el Ministerio de Salud provincial emitió la Comunicación 7° elaborada por el Programa de Salud Sexual y Reproductiva bonaerense, tendiente a destacar algunos puntos importantes del protocolo (que tiene 72 páginas). Así, en seis páginas la comunicación resalta que “la legislación reconoce el derecho a la interrupción legal del embarazo (ILE) cuando éste ponga en riesgo la vida o la salud de la persona o cuando sea producto de una violación (art. 86, Código Penal)” y añade que “este derecho incluye a todas las personas con capacidad para llevar adelante una gestación sin discriminación que se encuentren en alguna de esas situaciones”. “El ejercicio de este derecho se enmarca en los derechos sexuales y reproductivos como parte de los derechos humanos e implica el acceso a una atención integral de calidad que asegure el respeto por la intimidad y la autonomía y el acceso a los adelantos tecnológicos e información científica actualizada, clara y veraz”, explica. NT

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