Buenos Aires, 16/04/2024, edición Nº 4171
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Podrán votar desde los 16 años en la ciudad de Buenos Aires

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Fue sancionada hoy la norma con acuerdo de la mayoría de los bloques y será aplicada en las próximas elecciones. Sin embargo, estos jóvenes no estarán obligados a emitir el voto. También fue sancionada otra ley que crea el Observatorio de Seguridad Vial de la Ciudad y una declaración en conmemoración por el 36° aniversario de la creación de la Asociación Madres de Plaza de Mayo.

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(Ciudad de Buenos Aires) Durante la sesión ordinaria realizada este mediodía resultó aprobada sobre tablas una ley que habilita a los jóvenes de entre 16 y 18 años a votar en las próximas elecciones para cargos porteños. No serán sancionados quienes se encuentren en esta franja etaria y no asistan a sufragar. El texto de la ley fue acordado en base a varios expedientes presentados por los bloques PRO, Frente para la Victoria y Buenos Aires 20/21. La norma obtuvo amplio apoyo con 50 votos positivos y sólo 3 abstenciones de los diputados de la Coalición Cívica.

Esta ley va en el mismo sentido que la reforma electoral sancionada recientemente por el Congreso Nacional para los cargos electivos nacionales. Según la ley aprobada, en la Ciudad, son electores en los procesos electorales y mecanismos de democracia semi directa, establecidos en el Título Segundo del Libro Segundo de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, los/las argentinos nativos/as y por opción, desde los 16 años de edad y los argentinos naturalizdos/as desde los 18 años de edad domiciliados/as en la Ciudad y que no se encuentren inhabilitados/as por la normativa electoral vigente.

La no emisión del voto no implicará sanción al elector perteneciente a ese segmento ahora incorporado al electorado, según queda expresamente establecido. En tanto la norma habilita también a los extranjeros de entre 16 y 18 años a votar, al modificar la ley 334 de registro de electoras/es extranjeros. Continúa vigente la norma que determina que los extranjeros deberán votar previa inscripción voluntaria en el Registro de Electoras Extranjeras y Electores Extranjeros creado por ley.

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Los expedientes que dieron lugar al texto consensuado habían sido presentados por el Vicepresidente 1° de la Legislatura porteña, Cristian Ritondo (PRO) junto al jefe del bloque Pro, Diputado Fernando de Andreis(expediente 958-13); por la Diputada María José Lubertino (FpV) (expediente Nº 3117-12); de autoría de la Diputada María Rachid (FpV) (expediente 2560-12) y de un particular (expediente 448-13). Entre los presidentes de bloque fue manifestada la voluntad de llegar a un texto consensuado acerca de esta temática.

Posición de los bloques

Francisco Quintana (PRO) aclaró que “el bloque del PRO a nivel nacional a la hora de votar esta norma, tuvo que retirarse del recinto luego de que el diputado del Frente para la Victoria Andrés Larroque nombrara al bloque del socialismo como narcosocialismo” y reafirmó la voluntad de esa bancada de ampliar derechos a este grupo de jóvenes.

El Diputado Juan Cabandié, presidente del bloque Frente para la Victoria, sostuvo: “nuestro bloque y el interbloque al que pertenecemos está feliz por este giro de 180 grados del bloque PRO” y agregó: “creemos que hay que sacar a los jóvenes de los flagelos y celebramos y aspiramos a la participación activa de ellos”.

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La Diputada Rocío Sánchez Andía (CC) adelantó la abstención de su bloque, al resaltar que los jóvenes no tienen garantizados otros derechos como “medidas que eviten la alta deserción del sistema escolar y otras que aseguren su salud”.

La Diputada María Elena Naddeo (FPP), presidenta de la Comisión de Mujer, Infancia, Adolescencia y Juventud manifestó su beneplácito acerca de que se haya avanzado hacia “la ampliación de derechos políticos de los adolescentes de 16 y 17 años, otorgándoles mayor ciudadanía y compromiso político”. En el mismo sentido se manifestó otra autora de uno de los proyectos, la Diputada María José Lubertino (FpV). En tanto, desde el bloque Nuevo Encuentro, la Diputada Delia Bisutti y el Diputado Claudio Presman (UCR) reafirmaron la necesidad de votar la ley de Código Electoral para la Ciduad de Buenos Aires.

Otra de las autoras de los proyectos, la Diputada Claudia Neira (Bloque BsAs 20/12), sostuvo que “sí hay jóvenes que están maduros para votar y tienen participación en la vida democrática, así como también hay adultos apáticos y otros que fomentan la antipolítica”. En tanto, el Diputado Rafaeil Gentilli (PSur), quien se sumó al explícito apoyo a la norma, agregó que considera necesario “modificar la ley del voto de extranjeros en la ciudad para que no tengan que inscribirse previamente en el Registro de Electores Extranjeros”. La Diputada Laura García Tuñón (BsAspTodos) destacó la necesidad de votar otras leyes que “devuelvan los derechos totales a estos jóvenes que hoy los tienen vulnerados”.

Crearon el Observatorio de Seguridad Vial de la Ciudad

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El Cuerpo parlamentario aprobó una ley que tenía dictamen de mayoría de la Comisión de Tránsito y Transporte que fue de autoría de los Diputados Fernando Sánchez, Maximiliano Ferraro y de la Diputada Rocío Sánchez Andía (CC), mediante la cual se creó el Observatorio de Seguridad Vial de la Ciudad.

La finalidad de esta ley es generar un sistema de recopilación y tratamiento de los datos de siniestralidad vial, con información oportuna, objetiva y confiable, con el fin de determinar la incidencia de los diferentes tipos de lesiones en función de las características de los siniestros, en base a un registro estadístico. Además se podrán medir y evaluar los efectos de las políticas públicas adoptadas en materia de seguridad vial.

El Observatorio de Seguridad Vial contará con una página Web donde publicará la información estadística, análisis e investigaciones que desarrolle el organismo, así como su informe anual. Asimismo deberá coordinar su accionar y colaborar con el Registro Nacional de Estadísticas en Seguridad Vial, con el Observatorio de Seguridad Vial dependiente de la Agencia Nacional de Seguridad Vial y con el Observatorio Iberoamericano de Seguridad Vial (OISEVI).

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