Buenos Aires, 28/03/2024, edición Nº 4152
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Política

La Legislatura sancionó una ley que regula la publicidad y la exhibición de precios

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La Legislatura porteña sancionó una ley que regula la exhibición y publicidad voluntaria de precios en todo el ámbito de la Ciudad. Se estableció que quienes ofrezcan a consumidores finales bienes muebles o servicios deben exhibir los precios expresados en moneda de curso legal y de contado.

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(CABA) La norma está orientada a reunir en un mismo cuerpo legal varias leyes de la Ciudad que tienen en común la regulación de aspectos referidos a la publicidad y exhibición de precios, así como a reagrupar las normas nacionales que sobre la materia se hallan dispersas en varias resoluciones. Se reunieron nueve leyes vigentes, que resguardan derechos de consumidores y usuarios y tienen similitudes entre sí (1207, 1752, 3437, 3955, 3632, 3745, 3960, 4211 y 4592).

Se acordó que el precio deberá expresarse en moneda de curso legal (pesos), de contado y corresponderá al importe total y final que deba abonar el consumidor. En los casos en que se acepten además otros medios o monedas de pago, deberá indicarse claramente en los lugares de acceso al establecimiento juntamente con el valor en pesos al que será considerado el medio de pago de que se trate, salvo en el caso de tarjetas de crédito, débito o compra, conforme lo previsto en la Ley 25.065.

La norma implica la exhibición de precios en supermercados y autoservicios, carnicerías, panaderías, farmacias, garajes, autopistas y hoteles, entre otros, y también a la publicidad voluntaria de precios sugeridos, de servicio turístico, recitales o figuras humanas modificadas digitalmente. La propuesta pertenece al diputado Helio Rebot.

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