Buenos Aires, 16/04/2024, edición Nº 4171
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Inédito fallo: Tabacalera deberá indemnizar a un marplatense que fuma 50 cigarrillos por día

Tiene 65 años y fuma desde los 14. Deben pagarle 300 mil pesos por cómo afectó su salud y dice que los usará para tratarse.

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(PBA) Cuando era adolescente, Hugo César Lespada practicaba natación y jugaba al fútbol bastante bien. Pero empezó a fumar cigarrillos de tabaco y la práctica deportiva le costó cada vez más. Quiso abandonar el consumo, pero nunca pudo: se volvió un adicto. Demandó a la empresa que produce los cigarrillos, Massalin Particulares S.A., y ahora la Justicia dictaminó a su favor.

El Juzgado Civil y Comercial Nº 14 de Mar del Plata, a cargo de José Méndez Acosta, dictaminó que la empresa tabacalera deberá pagar una indemnización a Lespada, quien quiere usar el dinero para cubrir un tratamiento contra su adicción al tabaco. Es la primera vez que una sentencia judicial sale a favor del reclamo de un fumador en la Argentina. La tabacalera apeló la sentencia.

El juez se basó en que la empresa difundió publicidad “inductiva y engañosa” en los años setenta, y no advirtió al consumidor sobre los daños potenciales del producto para la salud humana. Hoy, Lespada sufre falta frecuente de aire, dificultad para caminar, adormecimiento de los brazos, y otros problemas que afectan su vida cotidiana. “Empecé a los 14 años. La publicidad sugería que el fumador era un triunfador. Yo intenté dejar de fumar muchas veces. Hace 14 años, presenté la demanda judicial. Hoy tengo 65 años, y aún no puedo dejar el cigarrillo. Fumo 50 cigarrillos por día. Si no fumo, me doy la cabeza contra la pared”, dijo a Clarín Lespada, que es vendedor. La tabacalera le deberá pagar una indemnización por 110.000 pesos más los intereses. En total, el monto de la indemnización sería de 300.000 pesos.

Belén Ríos, abogada e integrante la Fundación Interamericana del Corazón en Argentina, destacó a este diario que “es la primera vez que la Justicia argentina falla a favor del fumador, y reconoce la responsabilidad de la industria tabacalera en el daño a la salud del consumidor”. Antes, hubo demandas de otros fumadores o de sus familiares en el país, pero nunca prosperaron. Porque los fallos argumentaban que el consumidor podía saber que el cigarrillo era “perjudicial” para la salud. También se esgrimía que el plazo para presentar las demandas estaba prescripto porque en 1986 se colocó en los paquetes la advertencia que “fumar es perjudicial para la salud”. Sin embargo, Ríos resaltó que “el fallo del juez Méndez Acosta rechazó la prescripción y consideró que el demandante no había sido informado adecuadamente sobre los riesgo del tabaco”, comentó Ríos.

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En otros países, hay antecedentes. En 1996, por ejemplo, un jurado del Estado de Florida condenó a la tabacalera Brown & Williamson Tabacco Corporation al pago de u$s 750.000 en concepto de indemnización por daños y perjuicios sufridos por un enfermo de cáncer de pulmón tras fumar 44 años cigarrillos de Lucky Strike.

En su web, la empresa reconoce que “todos los productos del tabaco son adictivos”. Sin embargo, en su comunicado con respecto a la demanda de Lespada, sostuvo: “Los tribunales en Argentina han sostenido de manera uniforme que la producción y venta de cigarrillos son actividades lícitas y que el público es extremadamente consciente de los riesgos de fumar desde hace ya muchos años”. La Cámara en lo Civil y Comercial de Mar del Plata tendrá que resolver la apelación de la sentencia. NR

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