Buenos Aires, 20/04/2024, edición Nº 4175
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Avanza un proyecto de ley que busca proteger a los clubes de barrio en la provincia

La iniciativa ya fue aprobada por el Senado bonaerense y pasó a Diputados. Apunta a otorgar el derecho a tarifas sociales en los servicios públicos, y otras eximiciones impositivas y municipales.

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(PBA) La Cámara de Senadores bonaerense aprobó y giró a Diputados un proyecto de ley que crea un régimen provincial de protección, promoción y regularización de los clubes de barrio. Así apunta a darles tarifas sociales y otros beneficios impositivos para mejorar su situación financiera en función del rol social que cumplen.

La iniciativa establece que el régimen “tendrá por objeto garantizar el fomento, la promoción, la regularización y el sostenimiento económico y financiero de los clubes de barrio y pueblo de la Provincia para el desarrollo de sus actividades deportivas, culturales y sociales”.

El proyecto, presentado por el senador Federico Susbielles, busca otorgar el derecho a tarifas sociales en los servicios públicos, la eximición del pago del Impuesto de Sellos e invita a los Municipios a adherir en la reducción de las cargas contributivas locales.

Concretamente, establece que las prestadoras del servicio público de agua potable y desagües cloacales “deberán aplicar una Tarifa de Agua de Interés Social 60% inferior a las que sean reguladas” a los clubes de barrio y que las distribuidoras eléctricas “deberán aplicar una Tarifa Eléctrica de Interés Social 40% inferior a las que sean reguladas en cada periodo correspondiente, con un tope de hasta 900 kwh mensuales, a los clubes”.

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En cuanto a los fondos del régimen, propone la creación de un impuesto al ingreso a los casinos, bingos, hipódromos y agencias hípicas, configurado por el ingreso de visitantes o apostadores a las salas de juegos de azar en el ámbito de la provincia de Buenos Aires.

Además, establece un derecho al “Subsidio Anual Ordinario de Fortalecimiento y Promoción de los Clubes de Barrio y Pueblo“.

Por clubes de barrio, en el proyecto se entiende a aquellas asociaciones de bien público que tengan por objeto el desarrollo de actividades deportivas no profesionales y culturales, que faciliten en sus instalaciones la educación no formal, prácticas recreativas, el fomento cultural de sus asociados y la contención social de la comunidad en general.

Los clubes deberán acreditar domicilio en la provincia de Buenos Aires; inmueble en el que se desarrollen sus actividades; antigüedad mínima e ininterrumpida de un año en el desarrollo de las actividades; cantidad mínima de 25 asociados o beneficiarios directos de las actividades desarrolladas; y aval de la municipalidad de la zona donde realice sus actividades.

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Cada institución, como condición de elegibilidad para los beneficios dispuestos por el régimen, deberá “comprometerse a desarrollar habitualmente actividades destinadas al esparcimiento cultural y deportivo en sus comunidades”; “implementar actividades y jornadas comunitarias que tengan como eje la promoción de prácticas sociales positivas sobre temáticas de salud, género, diversidad sexual, permanencia en el sistema escolar y derechos humanos”; y “realizar proyectos que tengan por objetivo el fortalecimiento de los lazos entre jóvenes y adultos mayores de cada barrio”.

De sancionarse la iniciativa, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) deberá establecer un régimen de facilidades de pago por deuda en el impuesto inmobiliario de los bienes cuyo dominio se ejerza por los clubes de barrio. NR


Fuente: Télam

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